Aeronáutica Civil restringe uso de drones en sitios importantes del país, argumentando riesgo y violación en la ley de aviación.
Mediante un comunicado de prensa la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), prohíbe y restringe la operación de Aeronaves No Tripuladas (RPA) o más conocidas como drones.
Esta restricción es en consecuencia de la Regulación de Aviación 101.21, Operación en zonas prohibidas y restringidas.
La disposición indica que ninguna persona puede operar drones en el Palacio Nacional de la Cultura, Casa Presidencial, Bases e instalaciones Militares, Embajadas, Zonas Primarias dentro de los puertos marítimos y terrestres, Perímetros de aproximación y despegue de aeronaves en aeropuertos y aeródromos.
Además, se destaca que volar un RPA o DRON dentro del espacio aéreo controlado y cercanías de aeropuertos representa un grave peligro para la aviación, principalmente para las aeronaves que se encuentran en los procesos de despegue y aterrizaje.
Para este caso se solicita respetar el espacio aéreo controlado que pueda abarcar más allá de las 5 millas náuticas, es decir, unos 9,26 kilómetros. También, se pide respetar los límites de altitud para sus operaciones establecidas, que se enmarcan en 400 pies de altura, AGL (Above ground level) por sus siglas en inglÉs.