Publican acuerdo para restringir circulación del transporte pesado

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) publica acuerdo con el cual se restringe la circulación del transporte pesado para días de festividades navideñas y de fin de año.

Publicado en el Diario de Centroamérica, el acuerdo 1603-2020, aduce que se prohíbe la circulación para el transporte pesado, luego de las 12 horas del 24 de diciembre, para la medianoche del 25.

Así mismo, del 31 de diciembre después de las 12  horas, a la medianoche del uno de enero de 2021.

El CIV excluye al transporte de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos, que no necesitan permisos especiales.

Sin embargo, sí permite su circulación desde el kilómetro 290 de la carretera CA-9-N a la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y hacia el Puerto Santo Tomás de Castilla.

Además desde el kilómetro 80 de la carretera CA-9-Sur al Puerto Quetzal, y a los kilómetros 104 y 114 de esa ruta al Pacífico.

El CIV explica que quienes no sigan estas disposiciones, serán sancionados conforme la legislación vigente.

Según el reglamento de la Ley de Tránsito, se sanciona con una multa de Q500 a quienes infrinjan esta disposición.

Para ello, las autoridades aplicarán operativos en carreteras para determinar el cumplimiento de esta disposición.

Archivo CA

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