USAC crea reglamento para combatir el acoso sexual

El Consejo Superior Universitario por medio del Acta 46-2020 establece un reglamento para combatir el acoso sexual, donde indican los mecanismos disciplinarios, así como la forma en que se debe de presentar las denuncias, analizar cada uno de los casos y establecer las sanciones.

Además, se creó un pliego de conductas inapropiadas que podrían ser sancionadas en caso un estudiante, trabajador o docente lo denuncie o cometa el abuso.

Conductas inapropiadas a sancionar:

  1. Gestos insinuantes de connotación sexual en cualquier parte del cuerpo.
  2. Sugerencia verbal o escrita de realizar una conducta con connotación sexual a cambio de un beneficio laboral, académico o de cualquier naturaleza.
  3. Contacto físico sin consentimiento.
  4. Aproximaciones excesivas con el objeto de sentir o tocar el cuerpo de una persona.
  5. Tomar o capturar fotografías sin el consentimiento de la persona, principalmente en lugares reservados como sanitarios o vestuarios.
  6. Difundir por cualquier medio fotografías, videos o imágenes de contenido sexual sin el consentimiento de quien o quienes aparezcan en dicho material.
  7. Uso de lenguaje sexista y erótico que ofenda la integridad de una persona.
  8. Enviar mensajes por cualquier vía con insinuaciones, comentarios, fotografías o imágenes de contenido sexual que ofendan a quien los reciba.
  9. Difundir rumores sexuales de una persona determinada por medio escrito, gráfico o verbal.

En el Acuerdo se ordena la creación de un Observatorio de Acoso Sexual que estará integrado por docentes, estudiantes, representantes sindicales, personal administrativo y de investigación, quienes realizarán un monitoreo y seguimiento de los casos.

Las medidas disciplinarias se tomarán de acuerdo a la falta cometida y se establecerá según las normas establecidas ya por la Usac, que van desde una llamada de atención, suspensión temporal o salida definitiva de esa casa de estudios.

Archivo CA

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