Requisitos para la implementación de clases presenciales en Centros Educativos

A partir del 23 de marzo entraron en vigencia nuevas disposiciones para el sector educativo.

Estas indican que los municipios que se encuentran en alerta naranja y roja no pueden tener clases presenciales, solo a distancia.

El Ministerio de Educación informó que los centros educativos privados que planeen implementar clases presenciales en municipios con alerta anaranjada deben cumplir con ciertos requerimientos.

El primer paso para los centros educativos privados es presentar una solicitud a la Dirección General de Acreditación y Certificación.

A este documento se le debe adjuntar una copia simple de la boleta de infraestructura y bioseguridad que contenga el aval del profesional que ejerce funciones de supervisión educativa.

Asimismo, los establecimientos privados deben entregar una copia del Plan de Seguridad Escolar 2021, firmado y sellado por quien ejerce funciones de supervisión educativa.

De la misma manera, se debe indicar como está integrado el Comité Escolar de Gestión de Riesgo.

Además, debido a la alerta naranja que se registra en los municipios donde se ubican los centros educativos, los padres de familia deben estar de acuerdo con la habilitación de clases presenciales.

Por ello, el Mineduc solicita una copia del consentimiento de los padres de familia. Este documento debe ir por grado, sección y nivel.

Como último paso, el director de cada centro privado debe presentar una declaración jurada que lo constituye como responsable de la implementación de los protocolos de regreso a clases.

Luego de adjuntar los requisitos, estos se entregan en la Oficina de Atención al Ciudadano, del Mineduc, en la 6a. calle 1-87 zona 10. El horario de entrega de expedientes es de 7:00 a 15:00 horas.

La cartera de Educación recalcó que este proceso es válido únicamente para centros educativos privados. Los establecimientos públicos en alerta naranja seguirán con la entrega educativa a distancia.

 

Archivo CA

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