Este día el Ministerio de Educación publicó en el diario oficial el Acuerdo 121-2021 donde emite el Reglamento de Ley que Reconoce y Aprueba la Lengua de Señas en todas las instituciones del Sistema Educativo Nacional.
Según indica el Decreto Número 132-96 del Congreso de la República, Ley de Atención a las Personas con Discapacidad, establece que el Ministerio de Educación es el responsable de promover programas y servicios educativos que tomen en cuenta las necesidades educativas especiales de los estudiantes con discapacidad.
El Acuerdo hace mención que las instituciones públicas y privadas del Sistema Educativo Nacional que tengan inscritos estudiantes con discapacidad auditiva, deben contar de forma gradual y progresiva, con docentes capacitados en el uso de la Lengua de Señas de Guatemala (LENSEGUA) para que la utilicen en la comunicación y el proceso educativo de los estudiantes que atiende el centro educativo.
La cartera de Educación a través de la Dirección General de Educación Especial –Digeesp- coordinará la planificación de acciones para que la Lengua de Señas de Guatemala (LENSEGUA) sea aprendida progresivamente por estudiantes con discapacidad auditiva y docentes que atienden a esta población, con el fin de garantizar el derecho a la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas y así alcancen su máximo desarrollo académico y social.
Además el Mineduc establecerá alianzas estratégicas con instituciones autónomas, semiautónomas, descentralizas y privadas en la enseñanza de la Lengua de Señas de Guatemala para contribuir al cumplimento del derecho de toda personas sorda y sordociega.
Dentro de las acciones del Mineduc para la educación inclusiva están:
- La divulgación de la Ley que Reconoce y Aprueba la Lengua de Señas de Guatemala en los medios de comunicación de dicha cartera y en otros que estén a su alcance.
- Actualizar periódicamente el sistema de registros educativos del Mineduc, con información de estudiantes con discapacidad.
- Capacitar a docentes en servicio del sector oficial en el aprendizaje de la Lengua de Señas de Guatemala.
- Garantizar que los estudiantes con discapacidad auditiva se les aplique las adecuaciones curriculares.
- Promover la expresión artística, cultura y científica en los estudiantes.
- Promover actividades educativas de socialización e intercambio de experiencia entre la población educativa.
Además, la Dirección General de Educación Especial gestionará el financiamiento para la implementación de la Lengua de Señas de Guatemala de acuerdo a la programación y disponibilidad presupuestaria.