Durante el 2021, el Ministerio de Trabajo ha inspeccionado 147 empresas de las cuales 35 incumplieron las medidas de bioseguridad para el control de brotes del COVID-19.
Durante el 2020, el Ministerio de Trabajo estableció las normas complementarias al reglamento de salud y seguridad ocupacional incluyendo las disposiciones para la prevención y control de brotes del covid-19 en los centros de trabajo.
Se le consultó al Ministerio de Trabajo cuántas inspecciones se han realizado durante el 2021 y ha cuántas empresas se han sancionado por no respetar las medidas de bioseguridad, y mencionaron que hasta la fecha han realizado 147 empresas de las cuales 35 violaron las medidas.
Según el acuerdo 79-2020 emitido por esa entidad, las sanciones se basan en los artículos 271, 271 bis y 272 del Código de Trabajo, y se pueden aplicar tanto a la empresa como al trabajador, según sea el caso.
Dicho Código establece multas de 2 a 16 salarios mínimos por diferentes motivos, pero el Ministerio de Trabajo indicó que el número de salarios dependerá de las razones y de la gravedad de la falta.
El salario mínimo de actividades no agrícola fijado para el 2020 es de Q2 mil 825.10 por lo que el equivalente a las multas sería de Q5 mil 650 a Q45 mil 201.6.