El Ministerio de Economía (Mineco) abre la opción para que empleadores registren a trabajadores de sectores esenciales y puedan tener libertad de locomoción durante toque de queda.
Según las disposiciones del Ejecutivo oficializadas hoy, servicios públicos y privados como de salud, servicios e industria de higiene, laboratorios médicos, veterinarios, suministro de agua y servicio de extracción de basura, servicios de telefonía e internet, seguridad aeroportuaria y portuaria, transporte de carga, industria alimentaria, industria farmacéutica, industria de energía y servicios funerarios así como cementerios públicos y privados, no pueden detener sus operaciones.
Ante ello, el Mineco otorgará autorización para la locomoción a los trabajadores de esas áreas, para poder movilizarse en el horario restringido de 22:00 a 4:00 horas.
El procedimiento se realizará de manera electrónica a partir de este sábado a las 18 horas, por medio del sitio web, https://autorizaciones.mineco.gob.gt/
El empleador deberá proporcionar la siguiente información:
a. Razón social de la empresa
b. Número de NIT de la empresa
c. Número de NIT de representante legal de la empresa
d. Número de empleados que necesitan circular
e. CUI de cada uno de los trabajadores con autorización para circular
f. Correo electrónico de cada uno de los trabajadores
La autorización incluirá código QR, que el empleado recibirá al correo electrónico registrado y que debe portar de manera digital o impresa, para la verificación por parte de los agentes de la Policía Nacional Civil.
El Mineco podrá verificar en cualquier momento, la información proporcionada por las empresas.
El Ministerio habilita el correo autorizaciones@mineco.gob.gt para poder resolver dudas.
📣INFORMACIÓN IMPORTANTE 📣
𝗔𝘂𝘁𝗼𝗿𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗖𝗶𝗿𝗰𝘂𝗹𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗣𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮𝘀 se habilitará a partir del sábado 14 de agosto a las 6:00 PM a través de la página ➡️: https://t.co/rH3JsWO2eK pic.twitter.com/l3f7mJWY8j
— Ministerio Economía (@MINECOGT) August 14, 2021