Eliminan restricción de horarios para mercados, supermercados, actividades en templos religiosos, funerales y otros

El Ministerio de Salud deroga el acuerdo 95-2021, donde se elimina los horarios y restricciones de mercados, supermercados, actividades en templos religiosos, funerales y sepelios, pero se debe seguir respetando el aforo por medio de las alertas sanitarias.

Por medio del Acuerdo Ministerial 261-2021 en el cual deroga el 95-2021, el Ministerio de Salud publicó tres medidas de prevención de contagios de COVID-19, medidas que se redujeron a comparación con el acuerdo anterior que tenía por lo menos 17 restricciones.

Entre las disposiciones del acuerdo 95-2021 se encontraban el horario de funcionamiento de mercados y las restricciones en funerales y sepelios.

También, los horarios para actividades en templos religiosos y de funcionamiento de centros comerciales y supermercados, dichos horarios y restricciones quedan sin vigencia.

Y ahora con este nuevo documento, la cartera de Salud estableció las siguientes medidas a cumplir:

-Uso obligatorio de mascarilla sin válvula, a excepción de las personas que por indicación médica no puedan usarla y de los menores de 2 años

-Lavado constante de manos con agua y jabón o desinfección con alcohol al 70 %

-Distanciamiento físico y social, respetando los aforos establecidos en el semáforo de alertas

Es importante mencionar que, según el contenido de este Acuerdo, todos los sectores y actividades económicas, sin excepción alguna, deben cumplir con las medidas regulatorias según el Acuerdo Ministerial 234-2020 de fecha 1 de octubre del año 2020 y el Acuerdo Ministerial 229-2020, de fecha 28 de septiembre 2020, pues ambos Acuerdos mencionan las restricciones y aforos para estos espacios de desarrollo económico.

Además, quienes no cumplan con las medidas establecidas pueden ser sancionados, según el Código de Salud.

 

Archivo CA

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