Municipalidad de Guatemala proyecta recaudar Q54 millones por boleto de ornato

La Municipalidad de Guatemala proyecta recaudar 54 millones de quetzales en boletos de ornato, pero en qué casos es obligatorio presentarlo tras la resolución de la CC. En esta nota se lo presentamos.

Como es habitual durante el primer mes del año se realizan varias gestiones y trámites, para esto es necesario comprar el boleto de ornato

Pero ¿Qué es el ornato y para qué sirve este boleto?

Es un arbitrio que todos los vecinos pagan anualmente, y está contemplado en el Decreto 121-96, que es una de las fuentes de financiamiento para la limpieza de las ciudades, que incluyen mantenimiento de parques y áreas verdes, de la red vial y su limpieza.

El año pasado la Corte de Constitucionalidad resolvió que ninguna institución del Estado podrá exigir a los guatemaltecos la constancia de pago del boleto de ornato para efectuar trámites que no tengan relación con ese tributo.

La CC declaró inconstitucional el inciso F del artículo 12 de la Ley de Arbitrio de Ornato Municipal, que se refiere a Trámites administrativos o judiciales en general.

Sin embargo, es obligatorio que los contribuyentes presenten la constancia del pago del boleto de ornato en los siguientes casos:

Toma de posesión de cargos o empleos públicos, debiendo consignarse en el acta respectiva el cumplimiento de tal obligación.

Obtención de cédula de vecindad, ahora DPI; inscripción de nacimientos; matrimonios; inscripción de extranjeros residentes y registro de títulos y cualquier otro trámite municipal que requiere tal obligación.

Obtención de pasaporte

Adquisición de placas de circulación o calcomanías de vehículos automotores, cuando estos pertenezcan a personas individuales.

Obtención o renovación de licencias de conducir vehículos automotor

Por tal situación, la Municipalidad de Guatemala proyecta recaudar 54 millones de quetzales en concepto de boleto de ornato, que servirá para contribuir con la mejora del lugar de los sectores.

La cancelación del boleto de ornato debe efectuarse durante enero y febrero, salvo que los concejos municipales concedan prórrogas, y éstas no pueden excederse más allá del último día de marzo.

Archivo CA

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