CC confirma vigencia de la Ley de aceptación de cargos

La Corte de Constitucionalidad rechazó los recursos de inconstitucionalidad presentados contra la Ley de Aceptación de Cargos, por lo que recobra vigencia la posibilidad de que los procesados puedan reducir sus penas.

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad rechazaron los recursos de inconstitucionalidad presentados por Fundación Myrna Mack, Acción Ciudadana y Asociación Amigos contra la Delincuencia y el Secuestro, que fueron interpuestos en contra de la Ley de Aceptación de Cargos.

Según lo presentado por las 3 agrupaciones, consideraban que la ley transgredía la constitución al no respetar lo establecido en el código penal y afirmando que dicha normativa solo podría beneficiar a un grupo muy especifico de la población.

No obstante, el tribunal constitucional refiere en su sentencia del 1 de marzo de este año y publicada este miércoles en el diario oficial que no existen los suficientes argumentos que hagan pensar que la ley contraviene lo establecido en la constitución por lo tanto se rechazan los recursos presentados y ordena que la ley entre en vigencia de forma inmediata.

Según el decreto 10-2019 del congreso de la república que contiene dicha normativa, aquel procesado que de forma voluntaria acepte la comisión de algún delito puede acceder al beneficio de una rebaja inmediata de la pena.

Estas rebajas se aplicaran de la siguiente forma:

–               Si el procesado acepta su culpa durante la audiencia de primera declaración o antes de que sea enviado a juicio, tendrá derecho a una reducción de la pena de hasta el 50% del tiempo establecido en el código penal.

–               Si el procesado acepta su culpa luego de haber sido enviado a juicio pero antes de iniciar el debate en su contra tendrá derecho a una reducción de la pena en una tercera parte.

–               Si el procesado acepta culpa después de iniciado el juicio pero antes de recibir las pruebas tiene derecho a una reducción de la pena de una quinta parte.

La reducción de penas se podrá aplicar a todos los delitos existentes en el código penal a excepción de:

–               Genocidio

–               Desaparición Forzada

–               Ejecución extrajudicial

–               Delitos de deberes contra la humanidad

–               Tortura

–               Homicidio

–               Parricidio

–               Asesinato

–               Violación

–               Agresión sexual

–               Aborto

–               Delitos que afecten a niñez y adolescencia

–               Delitos contra seguridad del estado

–               Distribución de material pornográfico a personas menores de edad

–               Promoción, facilitación o favorecimiento de prostitución

–               Plagio o secuestro

–               Trata de personas

–               Robo agravado

–               Extorsión

–               Terrorismo

–               Femicidio y

–               Delitos de narcotráfico

De acuerdo a lo publicado por la corte en el diario oficial, dicha normativa entra en vigencia de forma inmediata, por lo que cualquier personas, principalmente los señalados en casos de corrupción si así lo quisieran, pueden a partir de mañana aceptar su culpabilidad y así acceder a una reducción inmediata de la pena.

Archivo CA

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