Aprueban uso de certificado de nacimiento en trámite de pasaporte en el exterior

En el Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional número 1-2021, que fue publicado en el Diario Oficial, los guatemaltecos en el extranjero podrán adquirir el pasaporte, mediante las sedes diplomáticas o consulares en el país, todo ello, para facilitar la obtención del mismo.

De conformidad con lo establecido en la Constitución Política de la República, es deber del Estado garantizar los derechos de las personas, implica que no se le podrá negar el pasaporte y otros documentos de identificación a ningún guatemalteco.

Los connacionales que no cuenten con el Documento Personal de Identificación, deben presentar la Certificación de Nacimiento que contenga el Código Único de identificación, extendida por el Renap y el pasaporte anterior, si lo tuviere. Este Acuerdo empezará a regir a partir de mañana 6 de enero.

El vicemandatario Guillermo Castillo se pronunció a través de las redes sociales, en donde informó que ahora los guatemaltecos que residen en el exterior sostuvo una reunión con la Autoridad Migratoria, en donde se aprobó realizar el trámite sin DPI.

Archivo CA

Archivo CA

Deje su comentario