Así están las restricciones en el país por Covid-19, tras nuevo acuerdo publicado

Con la publicación este martes de un nuevo acuerdo que establece restricciones en comercios, es pertinente recordar cómo ha sido la evolución de las restricciones, las que han desaparecido y las que se mantienen.

Mercados y otros comercios

El acuerdo 7-2021 del pasado 21 de enero, establecía un horario de 6 a 14 horas para los mercados y ahora con el acuerdo 8-2021 de hoy, lo amplían de 5 a 17 horas.

Salud además estableció una guía para que los mercados cumplan con las normas de bioseguridad. Esa guía que incluye a los visitantes o compradores, puede verla aquí.

La novedad del nuevo acuerdo publicado hoy, en cuanto a restricción de horario, es que se incluye a los centros comerciales, supermercados, centros de conveniencia, tiendas de barrio, que deberán cerrar a las 19 horas, sin especificar a qué hora podrán iniciar su servicio.

Además los restaurantes que se encuentren afuera de los centros comerciales, deberán cumplir con el horario de cierre a las 21 horas.

Restricciones en funerales

Las restricciones para los funerales y entierros son las mismas como se remarcó en julio de 2020, en el anexo del Plan de Contención y Respuesta contra la Covid-19.

Estos son, que el personal de la funeraria debe llevar trajes especiales, el entierro debe ser en un máximo de 6 horas luego del deceso, no habrá velación y servicios religiosos para evitar la aglomeración y solo tres personas pueden asistir al entierro, que no durará más de 15 minutos.

Los horarios de atención de los cementerios deben consultarse en cada camposanto.

Transporte público

Sigue igual con las restricciones de aforo y otras establecidas en el acuerdo 645-2020 publicado en agosto de ese año por el Ministerio de Comunicaciones, que detalla el protocolo para la reactivación de los autobuses.

Expendio y consumo de bebidas alcohólicas

Siguen las mismas disposiciones del acuerdo 151-2020 que establece prohibición de ingerir ese tipo de bebidas en lugares públicos, desde las 21 horas.

Así, se prohíbe el consumo y expendio de bebidas alcohólicas de lunes a domingo de 21 a 6 horas del día siguiente.

Se incluye a discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, hoteles, supermercados, automercados y abarroterías, entre otros.

En el nuevo acuerdo publicado hoy, solo se remarca que los bares o centros nocturnos y “otros lugares de similar naturaleza” deben terminar funciones a las 21 horas.

Además están prohibidas las ferias titulares, patronales, comunales entre otros, como establece el acuerdo 7-2021 de Salud.

https://canalantigua.tv/supermercados-y-centros-comerciales-deben-cerrar-a-las-19-horas-establece-salud/

Archivo CA

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