¿En qué cambiaron las disposiciones por la pandemia del COVID-19? Aquí te las explicamos

Estas son las principales diferencias entre el Acuerdo Ministerial 187-2020 publicado el pasado 25 de julio y el Acuerdo Ministerial 229-2020 publicado el pasado 28 de septiembre.

1.- Sector transporte

En el caso del transporte Urbano y extraurbano ambos acuerdos mencionan: “Permitido circular autorizado por el MICIVI con ocupación del 50% para alertas Roja y Anaranjada. El 75% de ocupación para la alerta Amarilla y el 100% para la alerta verde”.

2.- Comercio

Para los mercados cantonales y municipales se establece un distanciamiento social de 1.5 metros entre las personas que interactúan en el comercio. Así mismo ambos acuerdos recomiendan a las personas mayores de 60 años o grupos vulnerables no asistir a estos lugares. Esto aplica para las alertas Roja, Anaranjada y Amarilla. En el caso de Alerta Verde los dos documentos solo recomiendan el distanciamiento de 1.5 metros.

2.1 Supermercados y tiendas de conveniencia

Para las localidades con alertas Roja y Anaranjada los dos acuerdos gubernativos establecen un aforo de 4 m2 por persona, y ajuste de horarios para grupos de riesgo. Como recomendación establece que las personas mayores de 60 años o de alto riesgo no asistir o tener horarios o áreas especiales para estos grupos.

En el caso de Alerta Amarilla se establece un aforo de 2.5 m2 por persona y el resto de recomendaciones son las mismas. En el caso de Alerta Verde los dos documentos solo recomiendan el distanciamiento de 1.5 metros.

2.3 Centros comerciales

Para la Alerta Roja se determina estacionamiento con aforo del 40%. Compras en línea. Solo se permite a los clientes llegar a locales. Áreas comunes de congregación, espectáculos y mesas de restaurantes cerradas. Permitido comida para llevar. Aglomeraciones de más de 10 personas no permitidas. Aforo de personas por local de 10 m2 por persona. Se recomienda a las personas mayores de 60 años o de alto riesgo no asistir o tener horarios o áreas especiales para estos grupos.

Para la Alerta Anaranjada ambos documentos establecen un estacionamiento con aforo del 50%. Sin embargo el Acuerdo 187 establece un aforo de personas por local de 10 m2 por persona. Mientras en Acuerdo 229 establece un aforo de personas por local de 10 m2 por persona. El resto de disposiciones siguen igual.

En el caso de la Alerta Amarilla los dos decretos establecen un estacionamiento con aforo del 75%. El Acuerdo 187 señala que los restaurantes tienen permitido comida para llevar y un aforo a 10 m2 por persona. Aglomeraciones de más de 10 personas no permitidas. Aforo de personas por local de 4m2/persona. Se recomienda a las personas mayores de 60 años o de alto riesgo no asistir o tener horarios o áreas especiales para estos grupos.

Los cambios surgen en el Acuerdo 229 que establece un aforo de 4 m2 por persona y las aglomeraciones de más de 15 personas no están permitidas. El resto continúa de la misma forma.

Para alerta verde ambos acuerdos establecen únicamente un aforo de personas de 2.5 m2 por persona.

3.- Industria

3.1 Para la industria específica de la Farmacéutica, alimentaria, agrícola, productos para la salud e higiene personal en el caso de las alertas Roja y Anaranjada los dos decretos indican un aforo de personas por local de 4 m2 por persona. Teletrabajo o función especial para grupos de riesgo y mayores de 60 años.

Para las alertas Amarillas y Verde el aforo de personas por local es de 2.5 m2 por persona y el resto de aspecto continúa de la misma forma.

3.2 Manufactura ligera

El Acuerdo 187 establece para las Alertas Roja, Anaranjada y Amarilla un aforo con 4 m2 por persona en el centro de trabajo o turnos escalonados con distancia social de 2.5 m2. La utilización de sistemas de ventilación abierta, no aire acondicionado. Teletrabajo o función especial para grupos de riesgo y mayores de 60 años. El Acuerdo 229 establece las mismas normativas anteriores sólo que en lugar de ventilación abierta recomienda un sistema de ventilación natural.

Para la Alerta Verde los dos Acuerdos indican solamente un aforo en el centro de trabajo con distancia social de 2.5 m2 mínima. Sistema de ventilación abierta o aire acondicionado con filtro.

3.3 Manufactura Pesada

Para las Alertas Roja y Anaranjadas ambos Acuerdos establecen el mismo aforo de la manufactura ligera, así como los turnos escalonados. Permite el mantenimiento y reparación de maquinaria, hornos y otros equipos necesarios. El resto de reglamentos sigue igual.

Para las alertas Amarilla y Verde los dos documentos determinan un aforo del centro de trabajo con distancia social de 2.5 m2 mínima. Sistema de ventilación abierta y aire acondicionado con filtro.

4.- Agricultura y Ganadería

En este caso tanto el Acuerdo 187 y el 229 establecen un distanciamiento social de 1.5 m durante las actividades y evitar aglomeraciones mayores de 10 personas durante el transporte, actividades grupales o de pago. Esto aplica para todas las alertas.

5.- Construcción

Para las alertas Roja y Anaranjada se deberá contar con autorización por parte de las municipalidades dependiendo del tipo de obra. También se establece un distanciamiento de 4m2 por persona. Para la Alerta Verde sólo se requiere autorización por parte de las municipalidades dependiendo del tipo de obra.

6.- Restaurantes

Para la Alerta Roja se establece priorizar la entrega a domicilio o la entrega para llevar. Un aforo de 10 m2 por persona en área de mesas internas, sin aire acondicionado y con puertas y ventanas abiertas. También indica 2.5 m2 por persona al aire libre, solo permitiendo grupos de 10 personas por mesa. Se recomienda a las personas mayores de 60 años o de alto riesgo no asistir o tener horarios o áreas especiales para estos grupos.

Para la Alerta Anaranjada se mantienen las mismas disposiciones únicamente el aforo de 10 m2 por persona en área de mesas internas pasa a 6 m2 por persona. En la Alerta Amarilla se mantienen las mismas disposiciones, esta vez con un aforo de 4 m2 por persona en área de mesas internas y para la Alerta Verde es de 2.5 m2 por persona.

7.- Hotelería y Turismo

7.1 Hoteles

En el Acuerdo 187 para las alertas Rojas y Anaranjadas se establecía una ocupación sin acceso a áreas sociales, sin ningún tipo de eventos  y servicio de comida en habitación. En el Acuerdo 229 cambiaron algunos aspectos pues ahora se permiten eventos con aforo de 10 m2 por personas para la Alerta Roja y 6 m2 por persona para la Alerta Anaranjada. Ambos acuerdos establecen que las Mesas no pueden agrupar a más de 10 personas. Se recomienda a las personas mayores de 60 años o de alto riesgo no asistir o tener horarios o áreas especiales para estos grupos.

Para las alertas Amarilla y Verde el Acuerdo 187 se establecía una ocupación con acceso a áreas sociales y servicio de comida en habitación. En el Acuerdo 229 se permiten eventos con aforo de 4 m2 por personas para la Alerta Amarilla y 2 m2 por persona para la Alerta verde.

7.2 Transporte Turístico

Ambos acuerdos establecen que el transporte turístico debe regirse por las disposiciones del transporte público en cualquier nivel de alerta.

7.3 Parque nacionales y sitios arqueológicos

El Acuerdo 187 establecía que estos lugares permanecían cerrados si la alerta era Roja. En el mismo caso el Acuerdo 229 que estos lugares estarán abiertos para grupos menores de 10 personas, manteniendo el aforo de 10m2 por persona.

Si la alerta es Anaranjada anteriormente se autorizó viajes y visitas a centros de turismo en grupos menores de 10 personas. Ahora estarán abiertos para grupos menores de 10 personas, manteniendo el aforo de 6m2 por persona.

En caso de Alerta Amarilla se establecían visitas a centros de turismo en grupos menores de 15 personas. Actualmente están abiertos para grupos menores de 15 personas, manteniendo el aforo de 4m2 por persona. Y por último en el caso de Alerta Verde estos lugares están abiertos para grupos menores de 20 personas, manteniendo el aforo de 2.5 m2 por persona.

8. Recreación y Deportes 

8.1 Parques públicos

En el acuerdo 187 para la alerta máxima, se establecía un cierre total, solo excluyendo las actividades individuales sin aglomeraciones. Y para el actual acuerdo, ya se permiten las actividades grupales con no más de 10 personas, y para ambos, se siguen prohibiendo las ventas de comida o comercio.

En la alerta naranja, el anterior acuerdo permitía un aforo de 4 metros cuadrados por persona, y no se permiten aglomeraciones mayores a 10 personas y no se permiten la venta de comida. El actual acuerdo, no cambia ningún detalle.

En alerta amarilla, ambos acuerdos no varían, permitiendo el mismo aforo acotado, y restringiendo a no más de 15 personas y ya se permite  la venta de comida con restricciones iguale a las de un mercado.

Y en verde, solo se regula el aforo de 2.5 metros por persona de distanciamiento.

8.2 Bares y fiestas

Este es uno de los aspectos que cambió en el actual acuerdo, pues antes no estaba permitido, y ahora se permiten actividades con un aforo de 10 metros cuadrados por persona, con ventilación natural o al aire libre.

Se permiten 5 personas por mesa, y se sugiere tener cuidados con personas mayores a los 60 años.

Igual para la alerta naranja, el anterior acuerdo no permitía este tipo de actividades, pero en el actual, lo único que varía de la alerta roja, es el distanciamiento que en esta modalidad se reduce de 10 a 6 metros cuadrados.

En alerta amarilla, en las anteriores restricciones se permitían las actividades al aire libre con aforo de 4 metro cuadrados por persona, y solo 5 personas por mesa. Y en las actuales restricciones, se permiten grupos hasta de 10 personas y se emiten disposiciones para las personas mayores de 60 años para su cuidado.

Y en la alerta verde, el aforo se reduce a 2.5 metros por persona y sin grupos mayores de 10 personas. En el actual acuerdo, solo se agrega que sea al aire libre o con ventilación  natural y las mismas disposiciones para el cuidado de adultos mayores.

8.3 Eventos, conciertos y centros de diversión

Estas otras actividades estaban totalmente cerradas anteriormente, pero ahora con el reciente acuerdo, se permiten en alerta roja, con un aforo de 10 metros cuadrados por persona y no más de 100 participantes.

Además, resalta la modalidad que hizo eco en Europa de realizar eventos en donde el público permanezca en sus vehículos.

En alerta naranja, la modalidad de estar en vehículo se permitía, ahora también y además se pueden dar con aforo de 6 metros cuadrados por persona y no más de 250 participantes.

En alerta amarilla, antes solo se permitían actividades al aire libre con aforo de 4 metros por persona, y sin grupos mayores de 5. Ahora el mismo aforo pero con al menos 500 participantes.

Y en alerta verde, el anterior acuerdo permitía un aforo de 2.5 metros por persona, y un aforo de solo un máximo de 10 participantes. Para el actual acuerdo, no se establece límite de personas, solo guardando la distancia de 2.5 metros cuadrados.

8.4 Piscinas de uso público

También registran cambios concretos, pues en el anterior acuerdo estaban totalmente prohibidas en una alerta roja. Ahora se pueden utilizar para deporte individual, y pueden haber clases. Para las personas mayores igual se pide un horario especial.

En alerta naranja, se permitía el entreno de competencia, y pueden haber clases. Para las personas mayores igual se pide un horario especial. Actualmente se permiten clases en grupos de hasta 5 personas.

En alerta amarilla se permitía la natación de grupos de no más de 10 personas, ya se permitían las clases individuales y con horarios para personas de la tercera edad. En el actual acuerdo, se permiten las clases grupales de 10 personas.

Y en la menor de las alertas, el anterior acuerdo permitía las actividades y solo buscaba horarios especiales para personas mayores, algo que es totalmente igual en el acuerdo actual.

8.5 Deportes individuales

En alerta roja, el anterior acuerdo permitía correr, caminar, natación y hacer bicicleta, y deportes olímpicos con una distancia de 1.5 metros por persona. El acuerdo actual, no especifica qué deportes se permiten, así que se entiende que es cualquiera.

En alerta naranja, anteriormente eran las mismas restricciones, además de la actual disposición en el acuerdo 229.

En alerta amarilla, no se especificaba en el anterior acuerdo la distancia social, y en el actual acuerdo, no se especifica qué deportes pueden realizarse. Y la última alerta, ya permite en ambos casos los deportes de todo tipo ya sean grupales o individuales.

8.6 Centros de entrenamiento y gimnasios

El anterior acuerdo, no los permitía, y el actual en alerta roja permite su apertura con un aforo de 10 metros cuadrados por persona, sin clases y actividades grupales. Para personas mayores se recomienda no asistir o tener horarios específicos.

En alerta naranja, solo cambiaba el aforo de 4 metros cuadrados; y para el actual acuerdo, se permite un aforo de 6 metros cuadrados por persona y en ambos se siguen restringiendo las clases grupales.

En alerta amarilla, se permitía un aforo de 4 metros cuadrados en área de servicio, con clases de al menos 10 personas. En el actual acuerdo, no varía nada de las disposiciones anteriores. A su vez en alerta verde, son las mismas disposiciones anteriores: 2.5 metros cuadrados de distanciamiento y clases de no más de 20 personas.

8.7 Ligas profesionales y deportes en grupo

En el anterior acuerdo, se permitían los entrenos en ligas con grupos menores a 10 personas y los torneos a puerta cerrada en estadios. Par el actual acuerdo, se permiten pero en 20 personas y se permiten las actividades en gimnasios en un aforo de 10 metros cuadrados por persona.

En alerta naranja, el aforo anteriormente se permitía de 15 personas, y actualmente se permiten con un aforo de 6 metros cuadrados por persona para no menos de 30 participantes. Se siguen permitiendo los torneos a puerta cerrada.

En alerta amarilla, el anterior acuerdo ya permitía el público en los eventos deportivos con aforo de 4 metros cuadrados por persona, regulación que es la misma bajo el nuevo acuerdo. Y en la última alerta, ambos acuerdos estipulan un aforo de 2.5 metros entre personas.

9. Actividades culturales

9.1 Cines y teatros

En alerta roja, solo se permitían en el anterior acuerdo, las actividades como auto cinemas. Ahora, solo con 10 metros cuadrados por persona, venta de entradas en línea y con la participación de no más de 10 personas. Además, horarios especiales para personas de la tercera edad.

Por otro lado, en alerta naranja, anteriormente se permitían funciones solo con cita previa con aforo de 4 metros cuadrados por persona. Ahora con el actual acuerdo, se permiten con un aforo de 6 metros cuadrados por persona y no más de 10 personas, con venta entradas en línea.

Luego en alerta amarilla, se permitían funciones con un aforo de 4 metros cuadrados por persona y no más de 15 participantes, disposiciones que son iguales para el actual acuerdo

También en alerta verde, son las mismas disposiciones de solo guardar un distanciamiento de 2.5 metros por persona.

10. Religión 

10.1 Lugares o centros de culto (iglesias, templos o similares)

En alerta roja se permitían bautizos y matrimonios con un aforo de 10 personas y menores a una hora las actividades. Ahora se permiten con un aforo de 10 metros cuadrados por persona, y más de 10 participantes con puertas y ventanas abiertas con la menor duración a una hora y con servicios especiales para personas de la tercera edad.

En alerta naranja, se permitían servicios religiosos con un aforo de 4 metros cuadrados por persona con puertas y ventanas abiertas con la menor duración a una hora y con servicios especiales para personas de la tercera edad. En el actual acuerdo, el distanciamiento sube a 6 metros entre personas.

En alerta amarilla, solo cambiaba el aforo de 2.5 metros por persona anteriormente, y actualmente, con un distanciamiento de 4 metros. Y en la alerta verde, antes se permitía 1.5 metros entre personas y ahora 2.5 de distanciamiento, ambas sin restricción de duración de las actividades.

10.2 Concentraciones religiosas

En el anterior acuerdo, no se permitían retiros, reuniones de oración o congresos en alerta roja y naranja. Mientras que amarilla y verde, se permitían con un aforo de 4 metros cuadrados por persona y con un límite de 10 personas para reunirse a orar; y en un aforo de 2.5 personas, respectivamente. El actual acuerdo no contempla estas actividades.

11.Centros de trabajo

11.1 Públicos y privados (oficinas, tecnología y otros)

En alerta roja, el anterior acuerdo permitía aforo de 4 metros cuadrados por persona y sin aire acondicionado, lo cual en el actual acuerdo, solo se enfatiza que debe usarse la ventilación natural. Estas mismas indicaciones son para la alerta naranja.

En la amarilla, se permite una separación de 2.5 metros cuadrados por persona con la ventilación natural; mientras que con la verde, antes se permitía el mismo distanciamiento, pero actualmente, bajo el nuevo acuerdo, la separación tiene que ser de 1.5 metros. En ambos casos, no se habla de la ventilación en los espacios de trabajo.

Archivo CA

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