Educación publica las normas sanitarias para la prevención y control de COVID-19 en el sistema educativo

El Ministerio de Educación publicó en el diario oficial el Acuerdo 1600-2022 el cual contiene la norma sanitaria para la prevención y control de infecciones por SARS-CoV-2, para los centros del sistema educativo nacional, integrado por los subsistemas de educación escolar y extraescolar de todos los nivele.

Medidas de prevención y bioseguridad

En el articulo 2, el Ministerio de Salud informa que toda la población educativa deberá continuar con la práctica de las siguientes medidas de prevención de contagios del virus:

Uso obligatorio y adecuado de mascarilla o tapabocas, exceptuando las personas que por su condición médica tengan una contraindicación.

Ambientes interiores deberán mantenerse las puertas y las ventanas abiertas de preferencia con ventilación cruzada. Los educadores deberán impartir clases lo más cercano al flujo de ventilación posible, utilizando en todo momento la mascarilla.

La organización de aulas y mobiliario, así como cualquier actividad dentro del centro educativo, debe asegurar que se mantenga un distanciamiento físico mínimo de 1.5 metros entre personas.

Todos los centros educativos procurarán tener espacios dedicados a la higiene de manos con agua y jabón, o alcohol en gel. Antes y después de cada jornada deben desinfectarse las superficies del aula utilizando los desinfectantes y fórmulas aprobadas en las normas y disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud.

Se debe de garantizar que durante el tiempo de consumo de alimentos, los estudiantes, docentes, personal administrativo y servicio evite compartir los alimentos que consume y se mantenga el distanciamiento físico.

Sistema de vigilancia y control sanitario en los centros educativos

Todos los centros educativos los directores, docentes y personal administrativo deberán cumplir con los protocolos del Ministerio de Salud para detectar y aislar oportunamente a personas o grupos que presenten síntomas de infección respiratoria o sospechosos para COVID-19.

Encargado de salud escolar

De acuerdo con la cartera de salud todo centro deberá contar con un encargado de salud, como parte de la estructura del Comité Escolar de Gestión de Riesgo, quien será el responsable de referir al sistema de salud los casos en los que exista sospecha de infección o contagio y de dar seguimiento a la ruta establecida en los protocolos.

Asimismo, mencionan en el articulo 5 que todo centro deberá implementar las acciones de protección y bioseguridad para el desarrollo de actividades educativas presenciales y contar con un plan de emergencia que permita un cambio inmediato de modalidad.

Todo centro implementará un plan que contenga los siguientes puntos:

  • Técnica de higiene de manos
  • Uso adecuado de mascarilla
  • Identificación de casos sospechosos de COVID-19
  • Técnicas y procedimientos de limpieza y desinfección
  • Distanciamiento físico
  • Apoyo en campañas de sensibilización para la vacunación contra la COVID-19

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Archivo CA

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