Ejecutivo decreta estado de Prevención que limita manifestaciones que no cumplan protocolos de bioseguridad

El Ejecutivo decretó estado de Prevención aludiendo que es necesario para contener los contagios de Covid-19 los cuales siguen en alza.

Sectores critican limitación a las protestas

El presidente Alejandro Giammattei ya había anunciado la medida este lunes en una visita oficial a Petén, y fue enfático en asegurar que se implementaba por las protestas al ser foco de contagios.

Sectores criticaron el anuncio ante la amenaza de limitar las manifestaciones ciudadanas que el mandatario calificó como “ilegales”.

Pese a ello los 48 Cantones de Totonicapán explican que organizarán manifestaciones pese a las restricciones.

Además ya existen dos amparos presentados en la CC, ente ellos uno de la PDH, contra la limitación de derechos.

Vigencia por 15 días

Esta tarde en Consejo de Ministros se dispuso que las medidas tendrán vigencia por 15 días a partir de mañana cuando sean publicadas en el diario oficial.

La última vez que se implantó un estado de Prevención fue el pasado 16 de abril, el cual no tuvo una prórroga pues el mandatario adujo que el sistema de alertas o semáforo regiría las actividades en el territorio nacional.

En resumen, las medidas son las siguientes:

  1. Se limitan reuniones al aire libre siempre y cuando no se cumplan con medidas de bioseguridad establecidas por el Ministerio de Salud.
  2. En cuanto a manifestaciones, sean autorizadas o no, éstas serán disueltas cuando los asistentes cuenten con “elementos de violencia”, o no cumplan con las medidas de bioseguridad.
  3. También se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos cuyos conductores o pasajeros no cumplan con las medidas sanitarias respectivas, en lugares, zonas y horas que afecten o puedan “poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos”.
  4. En venta de alcohol, se prohíbe su consumo en la vía pública, establecimientos comerciales abiertos al público, como discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles, moteles o pensiones, supermercados, automercados, abarroterías, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales similares; de lunes a domingo, de las 18 a las 6 horas del día siguiente.
  5. Además las autoridades de salud recuerdan las medidas sanitarias ya conocidas como el el uso obligatorio de mascarilla en todo espacio o lugar público y privado abierto, lugares privados de servicios de acceso restringido y de cualquier clase de transporte. Se exceptúa a los menores de 2 años y aquellas personas que, por su condición médica, cuenten con una contraindicación certificada. El distanciamiento físico debe ser de por lo menos un metro y cincuenta centímetros y cumplir con la aplicación de gel o jabón antibacterial.
Archivo CA

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