Ley seca sin vigencia el 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero

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Para los días 24,25,31 de diciembre y el primero de enero no habrá prohibición de horario en la ley seca.

El pasado miércoles 2 de marzo de 2022 el Ministerio de Gobernación publicó el Acuerdo Gubernativo 56-2022, documento que modifico el horario de consumo de bebidas alcohólicas en Guatemala. 

Las modificaciones establecen que se prohíbe el consumo y expendio de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas, de lunes a domingo de 1:00 a 6:00 horas de la mañana, en los establecimientos comerciales abiertos al público. 

Sin embargo, en el documento explican que dichas disposiciones se exceptúan durante las fechas de celebración de las fiestas navideñas y de fin de año, esto quiere decir 24,25,31 de diciembre y el primero de enero del 2023.

Las personas individuales que incumplan la ley seca en las fechas posteriores ya sea la razón de su actividad económica o trabajo, o que en los horarios mencionados se encuentren consumiendo bebidas aludidas en los establecimientos se les impondrá una multa de Q5 mil, sin perjuicio de las acciones penales.

Por Marcos Cahuex

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