Usurpaciones son delitos flagrantes considerados en el código penal

El Código Penal establece, en el artículo 181, que será reprimido con una pena de prisión de seis meses a tres años quien "despojare a otro" de la posesión o tenencia de un inmueble cuando ese despojo sea "por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad". El derecho penal tutela el derecho de propiedad, en el Titulo VI, Libro II, del Código Penal, mediante la tipificación de los delitos contra la propiedad, tales como el robo, hurto, usurpación, extorsión, estafas y otras defraudaciones, usura y daños.

El delito de usurpación del código penal es un delito contra el patrimonio y el orden socioeconómico, comúnmente conocido como la ocupación ilegal de viviendas o inmuebles sin permiso de los propietarios y titulares.

En la entrevista  participaron Carlos Torrebiarte, vicepresidente de ACDEPRO; María Andre Cáceres, coordinadora administrativa del Observatorio de Derechos de la Propiedad y Otto Mansilla, desarrollador y gerente general del Proyecto Atanasio 3.

La conversación giró alrededor de las diferentes modalidades de apropiación indebida de propiedad privada y cuales deben de ser los mecanismos para evitarlo.

El CACIF publicó una encuesta empresarial específicamente un sondeo donde en el segundo capítulo se focaliza en la violación de los derechos de propiedad.

El tema surge por un proyecto de desarrollo inmobiliario en el sur de ciudad capital colindante con San Miguel Petapa que está a punto de ser invadido por un grupo de vecinos residentes  que de manera violenta  tratan de apoderarse del espacio.

Para entrar en contexto, un grupo de vecinos ha querido organizarse para empoderarce de la asociación del condominio. Se hace referencia específica de la administración.

Hay grupos que creen que al hacerse de las cuotas que los vecinos pagan por concepto de mantenimiento pueden resolver económicamente sus vidas.

Así lo explica uno de los involucrados y afectados por la situación.

Se crea una campaña de desinformación por parte de una minoría de los vecinos y se llegan a instancias con personalidades del gobierno y servidores públicos para convencerlos que se sumen a la causa manejando la situación sin información real de la situación.

Con la que respecta a CONRED, Otto Mansilla, desarrollador y gerente general del Proyecto Atanasio, hace referencia que tienen estudios y respaldos técnicos de las áreas en mención donde se hace referencia de una canchas. Espacio considerado estable. Información que fue presentada a la Coordinadora para la Reducción de Desastres hace 2 años. Pasado este tiempo específico no se ha recibido información o requerimiento por parte de la referida institución.

“Aunque no desean hacer responsable a nadie”, Mansilla considera que se manipuló la buena fe en este caso de la institución citada. Se generaron informes al respecto que generan un detonante en los vecinos, donde encuentran un medio a través del cual pueden hacer un reclamo o un poco mas de presión.

Al inicio el grupo de vecinos realizaron una campaña haciendo falsos ofrecimientos al vecindario para buscar su apoyo.

Una de las propuestas  es la duplicación en el número de áreas verdes y de canchas ofrecidas. Dentro de la propuesta del valor del proyecto hay una piscina pero que requerirían que se hiciera una segunda piscina. La propuesta es considerada por Otto Mansilla como uno de los ofrecimientos absurdos de los cuales tienen conocimiento.

El grupo de vecinos inconformes han venido elaborando un plan a lo largo de los meses el cual detonó en el inicio de esta semana, específicamente el lunes donde han desarrollado una serie de bloqueos a la desarrolladora.

Dentro de los inconvenientes no les han permitido ingresar a su propia obra y terrenos, limitando el acceso a dejar materiales, no se ha permito la construcción en un área donde se necesita un avance de obra en el área que justamente un pequeño y reducido grupo de vecinos desea adjudicársela. Según palabras del desarrollador y gerente general del Proyecto Atanasio.

Carlos Torrebiarte, vicepresidente de ACDEPRO comento que las usurpaciones las han tomado como que son conflictos agrarios, cuando realmente es el no cumplir con la ley mientras las respectivas autoridades están ausentes.

La usurpaciones son delitos flagrantes y esto está claro en el artículo 256 del código penal donde ni siquiera se necesita de una orden de juez para desalojar a personas que usurpan una propiedad privada.

Para el vicepresidente de ACDEPRO las autoridades no hacen su trajo, la policía no desaloja a la personas. Durante el proceso de usurpación ilegal pueden existir, engaño, estafa, robos, amanezas.

Existen organizaciones no gubernamentales que apoyan este tipo de actividades que promueven y engañan. Esta problemática no solo se deja ver el la capital sino en el interior del país.

Por su parte María Andre Cáceres, coordinadora administrativa del Observatorio de Derechos de la Propiedad  comentó que se publicó la encuesta empresarial de CACIF donde hicieron partícipe al observatorio en participar en la elaboración del capítulo específico relacionado a la protección del derecho humano de la propiedad.

En este capítulo se encontraron tres hallazgos, el primero es que el 96% de los encuestados considera que el derecho a la propiedad incentiva la creaci`ón de más negocios, certeza jurídica.

Sin embargo se pudo evidenciar que el 48% considera que sus  derechos no se encuentran protegidos y que el 47% de los encuestados ha sido víctima de la vulneración al derecho de la propiedad y se destaca principalmente el robo, el hurto y la usurpación.

Dentro del segundo Hallazgo es que el 87% de los encuestado expresó su inconformidad en relación a la actitud de las autoridades para la protección de este derecho  y se descubrió que un 4% la situación se logró resolver en un período de más de 5 años. Mientras que un 2% en más de 3 años y un 7% en menos de un año.

Finamente en cuanto a la confianza a las instituciones que son llamadas a garantizar este derecho se destaca que la Procuraduría de Derechos humanos, La Policía Nacional Civil y el organismo Judicial son los de menor confianza.

Acerca del conflico en el proyecto inmobiliario al sur de la capital

El proyecto consta de 305 casas entregadas  y ellos tiene una representación de alrededor de 25 casas, es decir tiene un poco mas del 11% de representación. Realmente el grupo de vecinos no tiene la representatividad del vecindario.

El reglamento indica que para poder constituirse como asociación que represente a los vecinos tiene que existir un 80% del proyecto entregado.

Para estos casos debe existir justicia, aplicación de la ley. El orden público debe trabajar para detener este flagelo.

Archivo CA

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