Ley de Emergencia por COVID-19 agilizará compras y contrataciones en el Ministerio de Salud

Los diputados jefes de bloque del Congreso de la República, sostuvieron reuniones por cuatro días consecutivos, para lograr concretar una iniciativa “Ley de Emergencia Nacional para la Atención de la Pandemia COVID-19”, que busca agilizar las compras y contrataciones del Ministerio de Salud. Esta iniciativa será conocida este lunes para aprobarla lo antes posible.

Uno de los artículos que más discusión llevó, fue el cinco, que se refiere a que se establece un listado básico de compras o contrataciones, en que se mencionan medicamentos en especifico, esquipo hospitalario, insumos de laboratorio, servicios hospitalarios, oxígeno, equipo medico quirúrgico, fórmulas, equipo de protección personal y contratación de servicios de publicidad.

En la iniciativa se estable que para agilizar la contratación, se permite el contrato abierto.

Esto será un proceso competitivo, por medio del cual se suscribe un contrato con uno o más proveedores, para la adquisición de bienes, servicios o suministros.

Se le ordena al Ministerio de Salud Pública y al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y sus respectivas unidades ejecutoras a actualizar su plan de compras según las nuevas asignaciones presupuestarias.

En relación a la contratación de recurso humano para contratos exclusivamente de atención de COVID -19, las unidades ejecutoras deberán priorizar que la contratación como norma general se realice en los renglones 021 o 022.

La Contraloría General de Cuentas debe nombrar comisiones de auditoría para realizar la verificación, fiscalización durante y al finalizar los procesos de compras.

Se declaran exentas de todos los impuestos de importación y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y derechos arancelarios sobre todas las donaciones vinculadas directamente con la prevención y atención de la enfermedad COVID-19.

Además, se establece que se faculta al Ministerio de Finanzas Públicas para que se realice una readecuación presupuestaria hasta por el monto de mil ochocientos setenta y ocho millones de quetzales, con el objetivo de incrementar el presupuesto de egresos del Ministerio de Salud Pública

Esta Ley es de carácter temporal y la modalidad de contratación o adquisición aprobada se aplica desde el momento de su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2021.

 

 

Archivo CA

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