Ministerio de Educación emitió reglamento de ley que reconoce y aprueba la lengua de señas

Este día el Ministerio de Educación publicó en el diario oficial el Acuerdo 121-2021 donde emite el Reglamento de Ley que Reconoce y Aprueba la Lengua de Señas en todas las instituciones del Sistema Educativo Nacional.

Según indica el Decreto Número 132-96 del Congreso de la República, Ley de Atención a las Personas con Discapacidad, establece que el Ministerio de Educación es el responsable de promover programas y servicios educativos que tomen en cuenta las necesidades educativas especiales de los estudiantes con discapacidad.

El Acuerdo hace mención que las instituciones públicas y privadas del Sistema Educativo Nacional que tengan inscritos estudiantes con discapacidad auditiva, deben contar de forma gradual y progresiva, con docentes capacitados en el uso de la Lengua de Señas de Guatemala (LENSEGUA) para que la utilicen en la comunicación y el proceso educativo de los estudiantes que atiende el centro educativo.

La cartera de Educación a través de la Dirección General de Educación Especial –Digeesp- coordinará la planificación de acciones para que la Lengua de Señas de Guatemala (LENSEGUA) sea aprendida progresivamente por estudiantes con discapacidad auditiva y docentes que atienden a esta población, con el fin de garantizar el derecho a la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas y así alcancen su máximo desarrollo académico y social.

Además el Mineduc establecerá alianzas estratégicas con instituciones autónomas, semiautónomas, descentralizas y privadas en la enseñanza de la Lengua de Señas de Guatemala para contribuir al cumplimento del derecho de toda personas sorda y sordociega.

Dentro de las acciones del Mineduc para la educación inclusiva están:

  • La divulgación de la Ley que Reconoce y Aprueba la Lengua de Señas de Guatemala en los medios de comunicación de dicha cartera y en otros que estén a su alcance.
  • Actualizar periódicamente el sistema de registros educativos del Mineduc, con información de estudiantes con discapacidad.
  • Capacitar a docentes en servicio del sector oficial en el aprendizaje de la Lengua de Señas de Guatemala.
  • Garantizar que los estudiantes con discapacidad auditiva se les aplique las adecuaciones curriculares.
  • Promover la expresión artística, cultura y científica en los estudiantes.
  • Promover actividades educativas de socialización e intercambio de experiencia entre la población educativa.

Además, la Dirección General de Educación Especial gestionará el financiamiento para la implementación de la Lengua de Señas de Guatemala de acuerdo a la programación y disponibilidad presupuestaria.

Archivo CA

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