Organismo Judicial modificó el período vacacional de sus trabajadores

Al iniciar octubre el Organismo Judicial autorizó el periodo vacacional para sus trabajadores tal y como ha sucedido en años anteriores. Según lo establecido en aquella oportunidad como ya se realiza año con año, las judicaturas y tribunales con numeración impar descansarían durante noviembre, mientras que aquellos con numeración par lo harían en diciembre.

Este sistema provocaría que la mitad de sedes judiciales dejaran de laborar durante los próximos dos meses, motivo se tomó la decisión de reformar dicha disposición.

Según la disposición 87/2020, a excepción de los tribunales de Mayor Riesgo, el resto de tribunales y juzgados deberán dividirse en dos grupos, de modo que solo la mitad del personal trabaje durante noviembre y hacer relevo en diciembre.

Esta medida busca evitar el cierre de los juzgados que quedaron sin funcionar durante el periodo de medidas restrictivas para evitar el contagio de COVID-19 que se mantuvieron vigentes durante el año.

De acuerdo a la disposición, cada juez debe organizar a su personal para organizar los turnos y así proveer del descanso establecido en el pacto colectivo de condiciones de trabajo.

En el caso específico de los tribunales de mayor riesgo, quedan divididos de la siguiente forma, los Tribunales B y D descansaran en noviembre, mientras que los A, C y E lo harán en diciembre.

Archivo CA

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