Publican acuerdo 157-2021 sobre reglamento de la ley de las ONG

Este lunes salió publicado en el Diario Oficial el acuerdo 157-2021 donde dan a conocer el reglamento de la ley de ONG en Guatemala.

Por medio del acuerdo 157-2021, el Ministerio de Gobernación da a conocer el reglamento de 38 artículos, que dicha ley fue aprobada  por el Congreso en el 2020 en el cual ya tiene reglamento y comenzará a regir a partir del martes 3 agosto.

Dentro de los artículos más importantes destacan los pasos para la inscripción de las Organizaciones No Gubernamentales, tanto locales como extranjeras, la supervisión y fiscalización de los recursos, entre otros aspectos.

En el reglamento se establece que el Ministerio de Gobernación llevará un registro centralizado de dichas organizaciones el cual estará a cargo del Registro de las Personas Jurídicas.

Además las ONG que reciben recursos o donaciones de fuente externa deberán informar por medio del Minex, dentro de los 30 días posteriores a la recepción de los fondos.

Además, se faculta al Mingob, la Superintendencia de Administración Tributaria y la Contraloría General de Cuentas para la vigilancia de funciones, atribuciones y competencias.

El artículo 21 del reglamento establece que será la Contraloría General de Cuentas la encargada de fiscalizar las acciones, gestiones y operaciones de las ONG en cumplimiento con sus fines y objetivos.

En tanto, en el artículo 29 de la ley, se prohíbe utilizar donaciones o financiamiento externo para realizar actividades que alteren el orden público.

Para finalizar, el documento indica que el Minex, además, tendrá un plazo de tres meses para implementar procedimientos para la inscripción de oenegés constituidas en el extranjero que operen en el país.

Archivo CA

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