Trabajadores del OJ con síntomas de COVID-19 solo podrán ser suspendidos por orden del IGSS

Mediante un comunicado, el Organismo Judicial ha dado a conocer que aquellas personas que presenten síntomas de COVID-19 ya no serán suspendidos de sus labores con autorizaciones de los médicos del organismo sino solo con ordenes del IGSS.

El pasado viernes, la presidencia del Organismo Judicial emitió un memorando a todos los trabajadores en el cual se hace saber que a partir de esta semana, los médicos del organismo ya no están facultados para suspender a las personas que presenten síntomas de COVID-19.

Según se explica en el escrito, ahora si un trabajador presenta algún síntoma de la enfermedad deberá acudir al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social para ser evaluado, y únicamente podrá ausentarse de sus labores, si los médicos del IGSS, autorizan su suspensión, de lo contrario deberá continuar laborando.

De momento se desconoce la cantidad de trabajadores que este organismo registra con un diagnostico positivo a COVID-19, la última actualización fue presentada en diciembre, con cerca de 200 casos positivos de los 12 mil trabajadores, no obstante tras el repunte la llegada de la variante ómicron al país, aun no se han dado a conocer los nuevos datos.

Según el departamento de comunicación y protocolo del Organismo Judicial, los encargados aun trabajan en la recopilación de los datos.

Archivo CA

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