CC rechaza apelación del Registrador de Ciudadanos y recomienda a Sala suspender amparo solicitado
Sala Primera de Apelaciones del Ramo Penal no otorgó amparo provisional al Registrador de Ciudadanos en contra del oficio que contiene la orden del juez Freddy Orellana de suspender la personería jurídica del Movimiento Semilla

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La Corte de Constitucionalidad rechazó la apelación solicitada por el Registrador de Ciudadanos y recomienda a la Sala Primera de Apelaciones del Ramo Penal a suspender el amparo solicitado por este contra el oficio entregado por el Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal.

Tras la decisión de la Sala Primera de Apelaciones del Ramo Penal de no otorgar amparo provisional al Registrador de Ciudadanos en contra del oficio que contiene la orden del juez Freddy Orellana de suspender la personería jurídica del partido Movimiento Semilla, la Corte de Constitucionalidad rechazó la apelación que el registrador interpuso en contra de esta decisión.

Según indica la corte en su resolución, el oficio impugnado únicamente es un acto de comunicación y por ende no podría ser impugnado pues no contiene las razones de fondo necesarias para solicitar el amparo como lo pretende el registrador.

Así mismo, el tribunal constitucional recomienda a los magistrados de la Sala Primera de Apelaciones que suspenda el trámite del amparo al considerar que el oficio solo es una comunicación más no una razón de fondo.

Finalmente, luego de rechazar la apelación la Corte de Constitucionalidad conmina a la sala a verificar si es viable o no continuar con el amparo para que se le otorgue un amparo en definitiva o bien se suspenda el mismo.

Mientras tanto continúa vigente al amparo provisional otorgado por la propia Corte al partido Movimiento Semilla, con el cual le permite continuar en la contienda electoral, sin que se suspenda su personería jurídica.

Por Sergio Osegueda

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