#ALas845: CC niega apelación al partido Movimiento Semilla

Laureano López, Roberto Villeda y José Luis González Dubón, analizaron el nuevo rechazo de la Corte de Constitucionalidad a la agrupación política.

En el espacio de análisis de ALas845 del miércoles, se discutió sobre el rechazo de la Corte de Constitucionalidad (CC) a apelación presentada por el partido Movimiento Semilla para dejar sin efecto orden de juez de suspender la personería jurídica de la agrupación.

En la discusión participaron el abogado, Laureano López; Roberto Villeda, ex presidente de Cedecon; y José Luis González Dubón, catedrático universitario.

Para Villeda, que la agrupación política haya sido confirmada para participar en la segunda vuelta, no quiere decir que puede dejar de ser investigada.

“El fuero político no otorga impunidad penal. Tienen que seguir siendo investigados que puede llegar a la judicialización que se tramitará en los próximos meses”, dijo.

Dubón resaltó que las pruebas presentadas del MP por irregularidades en el partido, son “bastantes convincentes” y quiso enfocarse en que la cancelación del partido, resultaría en la nulidad de los hechos que se realizaron a partir de la creación del partido.

“Pero en la misma resolución de la CC se hacía sin perjuicio del MP para que investigue los hechos denunciados. Nuevos actos son los que podría realizar el partido, pero no hay nuevos. La discusión se ha llevado a términos bastantes complicados, pero el MP puso a la vista la falsificación de firmas y declaraciones de afiliados que no estaban en el país. Elementos bastantes convincentes. Si se da la cancelación, los efectos que produjo la inscripción del partido y el comité son nulos de pleno derecho”, explicó.

Para López, los delitos que se tipifican como electorales, no aluden a una suspensión de un partido político y catalogó a esta pena como “accesoria”.

“Los 19 delitos electorales, no contienen la suspensión del partido como pena; tienen penas de prisión, pero no esta accesoria. Esta debe darse cuando se de el juicio con el debido proceso. No se puede pedir la suspensión del partido en este momento”, aseguró.

Villeda remarcó la ausencia del Registrador de Ciudadanos y además llamó “profuga” a la actual Subregistradora a quien se le delegaron las funciones de Ramiro Muñoz, a quien se le autorizaron vacaciones.

“Hay que diferenciar la suspensión de la personería jurídica de una entidad que ha sido usada para lavar dinero; con la suspensión del partido dentro del proceso electoral. El TSE le dio vacaciones al Registrador y la suplente está prófuga. Dice el Tribunal que tiene inmunidad pero se tiene que presentar ante el juez. Según Curruchiche hubo bastantes advertencias sobre los problemas que había; pero todo esto se presenta a suspicacias. El derecho de antejuicio se tiene que hacer valer, pero también la desobediencia se debe argumentar”, señaló.

Gonzáles Dubón fue más allá y acusó a los actuales magistrados del TSE de encubrir las anomalías en Semilla y acató que el MP recién conoció los hechos, por lo que hasta ahora pudo actuar.

“El artículo 151 de la ley electoral dice que las faltas y delitos electorales se regirán por el código penal. El proceso se inició por lo menos 8 delitos. No es cierta que la cancelación del partido sea una pena accesoria. Es función del Registrador de Ciudadanos cuando se dan los supuestos de la ley electoral. El MP acaba tener conocimiento de los hechos. Los magistrados actuales conocieron de estas anomalías, pero los encubrieron”, dijo.

Vea el análisis completo:

Archivo CA

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