CC autoriza que guatemaltecos naturalizados puedan ser candidatos
La Corte De Constitucionalidad accedió a una petición de Acisclo Valladares Molina y deja fuera del ordenamiento jurídico la prohibición para que personas extranjeras naturalizadas guatemaltecas puedan optar a ser electos como alcaldes, concejales o síndicos.

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Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad aceptaron una acción de inconstitucionalidad presentada por Acisclo Valladares Molina, quien por medio de la asociación Acción 157, impugnaron lo establecido en el código municipal en cuanto a la participación de guatemaltecos naturalizados en un evento electoral para optar a las diferentes alcaldías.

Según se explica, el artículo 43 del código municipal, que establece los requisitos que debe tener un candidato a alcalde, indica que debe ser un guatemalteco de origen, sin embargo Valladares indica que la frase “de origen”, vulnera los derechos de los extranjeros que ya fueron reconocidos con la ciudadanía guatemalteca, por lo que los excluye de los mismos.

Valladares expone, que cuando una persona extranjera adquiere la nacionalidad guatemalteca, inmediatamente adquiere todos los derechos que un guatemalteco nacido en el país, a excepción de aquellos que prohíbe la constitución política, como optar a presidente y vicepresidente así como diputado, sin embargo en dicha prohibición no alcanza a los alcaldes, concejales o síndicos.

Este alegato fue aceptado por la corte, por lo que decidió eliminar la frase “de origen”, dando cavidad a que en la próxima elección si algún guatemalteco naturalizado quiere optar a dichos cargos, puede hacerlo sin ningún tipo de prohibición.

Por: Sergio Osegueda

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