CC rechaza amparo a presidentes de Colegios de Profesionales
La Corte de Constitucionalidad suspendió un amparo solicitado por presidentes de colegios de profesionales luego de determinar que este no cumplía con los requisitos mínimos.

Compartir:

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad suspendieron en definitiva un amparo solicitado por los presidentes de los colegios de profesionales quienes por medio de dicha acción solicitaban que se ordenara al Ministerio Público el cese de cualquier persecución penal contra cualquier magistrado, funcionario, trabajador o miembro de las juntas receptoras de votos, electorales municipales y departamentales, así como de lo digitadores, al considerar que esto representaba un atentado al derecho de elegir y ser electo.

 Sin embargo, la corte advirtió que hacia falta que indicaran de forma clara y precisa cual era su acto reclamado, sin embargo al momento en el que los amparistas presentaron su alegato, la corte estima que no se cumplió con lo solicitado y por tal motivo dejaron sin efecto el amparo.

Los magistrados indican, que la haber incumplido don los requisitos de imprescindible observancia para la viabilidad del amparo, queda establecida la deficiencia técnica del mismo, por lo que hace un llamado a que los profesionales de esta rama del derecho están llamados hacer uso correcto de los instrumentos constitucionales y que estas no pretendan interferir con las funciones delegadas de cada uno de los organismo del estado.

Por: Sergio Osegueda

Deje su comentario

Le puede interesar