Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad aceptaron la apelación presentada por el registrador de ciudadanos Ramíro Muñoz en contra de la decisión de la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo de otorgar un amparo provisional a dos personas afiliadas al extinto partido Unión del Cambio Nacional, UCN.
De acuerdo a lo que se indica en la resolución, los dos afiliados alegaban en su amparo que el cancelar dicha agrupación les vetaba su derecho de elegir y ser electo y por tal razón buscaban que el partido no fuera cancelado, luego de que se publicara el edicto en el diario oficial, tras la confirmación de la Corte de Constitucionalidad.
Según explican los magistrados en la decisión, consideran que no se dan los preceptos para amparar de forma provisional a los solicitantes, pues para llegar a la cancelación de la agrupación ya se habían agotado todos los recursos previstos en la ley, por lo que ordena revocar el amparo provisional y recomienda a la sala que si aún no ha emitido una sentencia definitiva que proceda a suspender la acción ya que la decisión de la cancelación ya ha quedado firme, por lo que reitera su resolución anterior.
Por: Sergio Osegueda