El domingo 26 de noviembre del 2023 en el análisis de a las 8:45 p.m. se abordó el tema “Juez cierra caso Cooptación del Estado por falta de pruebas”. Los invitados al programa fueron el Doctor en Ciencias Penales, Dr. Denis Cuesy Lessing y el Doctor en Ciencias Penales, el Dr. Rudy Gallardo. Los analistas encargados de manejare la entrevista fueron Luis Pedro Álvarez y Carlos Hoffman. A continuación presentaremos algunos puntos importantes abordados durante el programa:
Más de 7 años para resolver una situación penal
El doctor en Ciencias Penales, Dr. Rudy Gallardo, expresó que “Dentro del proceso se pueden determinar ya varias anomalías, que esperaríamos no vuelvan a ocurrir en ningún momento en el país. Politizar la justicia es dañino para las personas, para sus familiares, para el país mismo, para el desarrollo del país. El proceso cuando estamos hablando que la ley establece una prisión preventiva de 3 meses, y luego debe de entrarse a conocer una etapa intermedia para conocer la acusación, vemos que te tienen en prisión en una figura de prisión provisional donde durante los primeros 13 días no se tiene acceso a que el juez explique los motivos de la detención. Luego de eso te tienen en prisión preventiva por 3 años y dos meses para después poder pasar 4 años más para llegar a una etapa intermedia a los 7 años y medio, eso no es justicia ni pronta, ni cumplida. Se deriva de la serie de abusos que se dan al derecho penal”.
Para algunos se respeto el debido proceso, para otros es un caso paradigmático de impunidad
El doctor en ciencias políticas, Denis Cuesy Lessing informa que “Es un tema que hay que abordarlo desde un punto de vista legal, para poder venir y determinar si se cumplió o no se cumplió el debido proceso. Todo lo que empieza mal no podemos esperar que termine bien, si algo empieza mal hecho va a terminar mal hecho. Realmente lo que nosotros vimos acá es algo total y completamente alejado del derecho. El derecho es claro y la Constitución Política de la República establece lo siguiente: “Toda persona que es aprehendida tiene el plazo de 24 horas para ser puesta a disposición de un juez competente”. Si en aquel caso como decía el juez que inició este proceso: “Es que el sistema no estaba preparado para esto”, entonces no vamos a cometer ilegalidades porque el sistema no está preparado para ello. Si yo como funcionario público debo de cumplir el principio de legalidad establecido en el artículo 154 de la constitución, y no voy a poder lograr hacerlo de una manera adecuada y voy a violentar la ley por disque voy a combatir la corrupción, corrupción que no se combatió; sino que se produjo más corrupción porque venir y coludirse para afectar a una persona también es corrupción”.
¿Qué se puede hacer en Guatemala para que este tipo de situaciones no se vuelvan a repetir?
De acuerdo con el doctor Denis Cuesy Lessing, declaró que “De hecho se está tomando consideración en una serie de casos en el cual tanto la Fiscalía Especial contra la Impunidad, como la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala, cometieron una serie de hechos que deben de ser castigados y que ahora están siendo perseguidos, obviamente utilizan los medios de comunicación para victimizarse porque después de que produjeron el daño, ellos deberán enfrentar la justicia y deberán ser declarados responsables por todos estos actos violatorios; no solo a la Constitución Política de la República, sino a todas las leyes”.
El Dr. Gallardo salió absuelto de toda situación, pero sus vienes están siendo extinguidos y sigue el proceso a pesar de ser declarado inocente ¿Cómo es eso?
Según el doctor Rudy Gallardo, expresa que “Lamentablemente la ley de extinción de dominio es una ley inconstitucional a todas luces, es un copy-paste como acostumbran muchos aquí en Guatemala a hacer las cosas, traída de Colombia y de una serie de factores que metieron ahí para poder llevar al estado bienes principalmente del narcotráfico, del terrorismo, cosas de ese tipo. La ley es autónoma, un tema completamente aparte. Puede salir uno absuelto como en este caso y tiene que ir a mostrar que los bienes fueron obtenidos de forma lícita, cuando todos los bienes en mi caso que he trabajado toda mi vida para tenerlos, son de carácter lícito. Pero el daño hecho ahí en ese caso, no era solo contra mí”.