Entidades se reúnen para promover de una manera más amplia la ley de Interés Preferencial, para fomentar las viviendas a la población guatemalteca.
Entidades promueven la utilización de la Ley de Interés Preferencial, con el propósito de dar a conocer información relevante que permita a los desarrolladores inmobiliarios ofrecer mejores oportunidades de vivienda a la población.
En la reunión presidieron representantes del sector, en la cual participaron autoridades del Ministerio de Economía, el Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas (FHA) la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y la Cámara Guatemalteca de Construcción.
En Guatemala el sector de construcción de vivienda presenta grandes oportunidades para el desarrollo económico, y la Ley de Interés Preferencial brinda un marco legal que facilita el acceso a la vivienda al permitir un subsidio a la tasa de interés.
Según la información expuesta estos serían algunos de los beneficios de la ley de interés Preferencial:
– Tasa de interés subsidiada por el Estado Durante los primeros 7 años del crédito
– 40% del año 1 al 4
– 30% del año 5 al 7.
– A partir del año 8 (mes 85 en adelante) no aplica descuento
La aplicación de este beneficio está en concordancia de lo establecido en el artículo 35 “A” de la Ley de Actualización Tributaria (Dto. 10-2012).
Por Brainer Ruiz