CC rechaza inconstitucionalidad contra artículo de Ley contra el Crimen Organizado aplicado a Semilla
Corte no valida petición de abogados contra artículo que fue usado para la suspensión de ese partido político.

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La Corte de Constitucionalidad declaró sin lugar la solicitud de inconstitucionalidad que un grupo de abogados presentó contra el artículo 82 de la Ley Contra el Crimen Organizado el cual fue utilizado por FECI para solicitar la suspensión del partido Movimiento Semilla.

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad declararon sin lugar la petición de inconstitucionalidad que un grupo de abogado solicitó en contra del artículo 82 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, el cual fue usado como base legal por la Fiscalía Especial Contra la Impunidad para solicitar al juez Fredy Orellana la suspensión de la personalidad jurídica del partido Movimiento Semilla.

El artículo dice lo siguiente:

“Se podrán suspender provisionalmente con autorización judicial durante la sustanciación del proceso penal, las inscripciones de personas jurídicas, sus patentes, permisos y licencias que hayan sido extendidas legalmente, cuando hubieren sido utilizadas para cometer en cualquier forma un hecho ilícito de los establecidos en la presente ley”

A criterio de los profesionales este artículo, vulnera los derechos de defensa de cualquier persona afectada, pues le impide ejercer dicha defensa, ya que podría repercutir contra terceros que no están involucrados en los hechos. Según el argumento del amaro. este articulo no podría utilizarse en el ámbito electoral.

Sin embargo, la Corte estima que esta ley no contraviene la ley electoral, pues de igual forma si se investiga un hecho ilícito en un partido, se podría aplicar una medida precautoria, por lo que no debiera de afectar una ley con otra

Es decir, los partidos políticos no quedan excluidos de la posible aplicación del articulo contenido en la ley contra la delincuencia organizada.

Con esta decisión, la Corte de Constitucionalidad deja vigente la suspensión que el 12 de julio del año pasado fue dictada por el juez Fredy Orellana en contra del partido Movimiento Semilla, la cual será levantada hasta que la agrupación logre dilucidar su situación legal ante dicho juzgado.

Por Sergio Osegueda

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