Con 128 votos a favor, el pleno del Congreso logró la aprobación del Decreto 2-2024, Ley de Tarjetas de Créditos, que permaneció engavetada por cinco años, pero en esta ocasión la X Legislatura lo ha vuelto una realidad.
La jornada se volvió extensa durante la presentación de las enmiendas, sobre todo en el Capítulo 4 del artículo 34 al 42, ya que había una enmienda que buscaba la regulación de una tasa interés del 3% mensual, lo que generó atraso en el debate, pese a que la misma fue improbada en dos ocasiones.
Algunos legisladores manifestaron que esto era necesario para evitar los abusos en contra de los tarjetahabientes, pero otros señalaba que aprobar una tasa de interés fija, podría provocar que la Corte de Constitucionalidad diera de baja la ley.
Luego de ello se presentó una moción privilegiada para un fondo de revisión a manera de corregir algunas cuestiones de forma contempladas en la ley, sin embargo, la solicitud fue improbada, ya que el bloque Vamos estaba inconforme con algunas formas de esa revisión.
Posteriormente, algo que no se había observado hasta ahora, los diputados pertenecientes al suspendido bloque Semilla e incluso el Presidente del Congreso, se acercaron a Allan Rodríguez y demás integrantes de Vamos para cabildear los votos y lograr un consenso que permitiera la aprobación de la ley. Luego de varios minutos se consiguió.
Por lo que se presentó una segunda moción privilegiada para la aprobación de un fondo de revisión, esta vez liderada por VAMOS el cual fue aprobado con el voto favorable de 132 diputados, misma cantidad de votos que permitió aprobar en su totalidad la ley de tarjetas de crédito.
Primero, si una persona presenta deuda o mora, se permite la suscripción de un convenio de pago, si los tarjetahabientes no están de acuerdo, por el cambio de la tasa de interés, o porque su capacidad de pago no se ajusta, la entidad deberá resolver en 30 días dicho caso, y de común acuerdo se suscribirá el contrato de pago, el cual no tendrá costo.
En relación al contrato que firma la persona al momento de aceptar la tarjeta se deberá detallar la tasa de interés del financiamiento y forma de cálculo, tasa de interés por mora, tarifas y comisiones y otros cargos, los cuales la entidad no podrá cambiar o alterar posteriormente.
El Banco también deberá analizar la capacidad de pago del cliente antes de otorgarle la tarjeta de crédito o un extrafinanciamiento.
Otro beneficio para el usuario de las tarjetas de crédito es que podrán objetar gastos que aparezcan en su estado de cuenta, cuando no estén debidamente respaldados.
Otro tema que se reguló fue el relacionado con los cobros.
Específicamente, se prohíbe el acoso u hostigamiento para la cobranza, por lo cual ningún acreedor o agente de cobranzas podría oprimir, molestar o abusar de manera insistente y repetitiva en contra de una persona por una deuda de tarjeta de crédito.
También se avala que las cooperativas de ahorro y crédito de primer y segundo grado sean emisores de tarjetas de crédito, de la misma forma como lo hacen las entidades reguladas por la Ley de Bancos y Grupos Financieros.
Al mismo tiempo, también se lograron acuerdos para crear cuatro delitos, que tendrían penas de cárcel y multas, al entrar en vigencia la ley de tarjetas de crédito. Se trata de:
- Clonación: prisión de hasta 10 años y multa que alcanzaría los Q500 mil
- Uso ilegal: prisión de hasta ocho años y multa que alcanzaría los Q150 mil
- Comercialización ilegal: prisión de hasta ocho años y multa que alcanzaría los Q200 mil
- Uso fraudulento: prisión de hasta cinco años y multa que alcanzaría los Q50 mil.
Por: Bryan Choy