Sanciones por placas se aplican más a motocicletas
Brenda Santizo, portavoz del Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil, detalla lo establecido por la ley reguladora del uso de placas.

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El Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil no autoriza el uso de Placas en Trámite en ningún vehículo

La Dirección de Tránsito de la Policía Nacional Civil emitió un recordatorio sobre la prohibición de circular con placas en trámite en vehículos, advirtiendo que esta acción conlleva sanciones que incluyen una multa de 500 quetzales y la consignación del vehículo.

De acuerdo con el artículo 18 de la Ley de Tránsito de Guatemala, es obligatorio el uso de placas y tarjeta de circulación para transitar en la vía pública, ya que contienen la documentación necesaria del transporte.

Además de la multa mencionada, el artículo 176 establece la posibilidad de la consignación del vehículo si se incumple lo estipulado por la ley de tránsito en el país.

Según datos establecidos por el Departamento Transito PNC, el vehículo más sancionado es la motocicleta, por ser uno de los transportes en utilizar placas en lugares no autorizados y ser uno de los transportes utilizados por los guatemaltecos con las placas en trámite.

Es importante recordar que el Departamento de Tránsito de la PNC continúa verificando en cumplimiento a la ley y reglamento, por lo que recomiendan a los conductores no hacer uso de los conocidos rótulos de placas en trámite o evitar circular sin la documentación correspondiente.

Por Marlith Godoy

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