En A LAS 7:30 AM conversamos con Erickson González, consultor financiero y Edy Pérez, consultor financiero y docente de la USAC, sobre la Corte de Constitucionalidad y el fin de la obligación de revelar accionistas.
La Corte de Constitucionalidad emitió una resolución que redefine el tratamiento de la información societaria en Guatemala y tiene efectos directos para las personas jurídicas.
El fallo declaró inconstitucional la obligación de inscribir y mantener actualizada la información de accionistas y socios en el Registro Tributario Unificado (RTU), al considerar que esta exigencia vulneraba principios constitucionales, lo que modifica el alcance de las responsabilidades formales de las empresas.
Para analizar el impacto legal, fiscal e institucional de esta sentencia, Canal Antigua entrevistó a Erickson González, consultor financiero, y a Edy Pérez, consultor financiero y docente de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Durante la entrevista, González explicó que el núcleo del debate constitucional se centró en la obligación contenida en el artículo 120 del Código Tributario, que exigía a las entidades consignar los nombres de sus accionistas, lo que —según la Corte— excedía los límites permitidos en materia de control administrativo y fiscal.
Por su parte Edy Pérez detalló que tipos de cambios se derivan de la sentencia para las empresas es la no obligatoriedad de reportar los accionistas y los porcentajes de participación en cada uno de las sociedades ante el registro tributario unificado.
La sentencia de la CC es un paso importante en la defensa de los derechos y libertades en Guatemala. Es fundamental que las empresas y personas jurídicas se adapten a esta nueva normativa y que la Administración Tributaria respete los límites de su facultad de fiscalización.
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Por Roxana de León
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