Limitador de velocidad obligatorio
Según el viceministro de Transportes, a partir de este mes, se comenzará a sancionar a buses y transporte pesado que no cuente con limitador de velocidad.

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Ante el aumento de accidentes que involucran transporte pesado y de pasajeros, el viceministro de Transportes, Fernando Suriano, informó que a partir de este mes se iniciará la imposición de sanciones a buses y vehículos de carga que no cuenten con limitador de velocidad, una obligación vigente desde 2016.

El funcionario explicó que la medida se sustenta en la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial y que su aplicación se había retrasado por obstáculos legales y administrativos, los cuales fueron resueltos durante 2024 y 2025. Como resultado, el Ministerio de Comunicaciones emitió la resolución ministerial que autoriza formalmente el inicio de las sanciones.

Suriano señaló que el incumplimiento es generalizado, ya que se tiene registro de que únicamente unos 300 autobuses cuentan con el sistema de control de velocidad, pese a que es obligatorio tanto para el transporte de pasajeros como para el transporte pesado.

Las autoridades vinculan esta omisión con el alto número de accidentes registrados en carreteras, especialmente aquellos que han dejado víctimas y daños materiales, por lo que la fiscalización se enfocará en reducir riesgos asociados al exceso de velocidad.

El funcionario señaló que incumplir esta norma podría llevar a la cancelación de licencias de los conductores.

Además de recordar la implementación de los limitadores de velocidad, añadió que otra medida que se implementará este año, a partir de febrero, es la presentación del certificado de funcionalidad de cada unidad de transporte.

De acuerdo a Suriano, este documento permitirá al Estado adherirse a las demandas cuando un bus se vea involucrado en un percance y no cuente con dicho certificado.

 

Redacción por Bryan Choy

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