Si usted no pagó el Impuesto sobre Circulación de Vehículos antes del 31 de julio, la pregunta ahora es: ¿qué pasa con la multa y los intereses que comenzaron a generarse por el atraso?
Con la entrada en vigencia del Decreto 19-2026, el escenario cambia.
El plazo para pagar el impuesto correspondiente a 2026 se extendió hasta el último día hábil de diciembre.
Pero hay otro punto importante: la normativa exonera las multas, mora e intereses generados por la falta de pago desde el 1 de agosto y hasta la entrada en vigencia de la ley.
Es decir, quienes dejaron pendiente el impuesto al vencer el plazo original cuentan ahora con la ampliación aprobada para ponerse al día.
Pero atención: esto no significa que otras obligaciones pendientes del vehículo desaparezcan.
Para obtener la calcomanía de circulación, el propietario deberá realizar el pago correspondiente y cumplir con los requisitos establecidos por la SAT, entre ellos estar solvente de las multas de tránsito que correspondan.
El proceso puede realizarse a través de Declaraguate, utilizando el formulario SAT-4091, y posteriormente efectuar el pago en los bancos autorizados.
Una vez registrado, la calcomanía puede descargarse desde el portal de la SAT.
La prórroga da más tiempo para pagar el impuesto de 2026, pero no elimina otras multas o adeudos que el vehículo pueda tener pendientes.
Redacción Web







