Quienes ocupan un cargo público y buscan competir en las Elecciones Generales de 2027 deberán separarse de sus funciones con anticipación, pero el plazo no será el mismo para todos.
El Tribunal Supremo Electoral oficializó el Acuerdo 316-2026, que establece las fechas límite según el puesto que actualmente desempeña el funcionario y el cargo de elección popular al que pretende aspirar.
Por ejemplo, los ministros de Estado que busquen competir por la Presidencia o Vicepresidencia deberán presentar su renuncia irrevocable, como máximo, el 26 de diciembre de 2026.
Para quienes pretendan optar a una diputación, el plazo para separarse del cargo vence el 21 de octubre de este año.
En el caso de los alcaldes que busquen competir por un cargo distinto, deberán renunciar dentro de los tres meses anteriores a la convocatoria a elecciones.
El magistrado Roberto Morales explicó que estos plazos responden a las prohibiciones y requisitos establecidos para cada tipo de candidatura de cara al proceso electoral de 2027.
| Quién quiere aspirar | Cargo que ocupa actualmente | Fecha límite para renunciar |
| Presidente o vicepresidente | Ministros de Estado | 26 de diciembre de 2026 |
| Diputación al Congreso | Funcionarios y empleados públicos sujetos a la restricción | 21 de octubre de 2026 |
| Alcaldes | Alcaldes en funciones | Dentro de los tres meses previos a la convocatoria electoral, según explicó el TSE |
En este contexto, también destaca el caso de Patricia Orantes, quien presentó su carta de renuncia al cargo de diputada y posteriormente comunicó su intención de reincorporarse al Congreso de la República.
La situación de Orantes se produce en medio de este escenario electoral, en el que el TSE ya estableció los plazos que deberán observar quienes ocupen cargos públicos y tengan interés en participar en las elecciones de 2027.
Redacción por Jonathan Hernández







