Presentan iniciativa  para exoneración del IVA a la Cruz Roja Guatemalteca

En su artículo 1 se determina la exoneración interna del Impuesto del Valor Agregado (IVA), a la Cruz Roja Guatemalteca, en rubros como la impartición de cursos de primeros auxilios, venta de medicamentos y arrendamiento de bienes inmuebles, cuyos fondos sirvan únicamente para desarrollar su misión humanitaria dentro del país.

La iniciativa también prohíbe la comercialización de los productos o donaciones adquiridas por medio del decreto; ordena la vigilancia y fiscalización por parte de la Contraloría General de Cuentas y determina una vigencia de 5 años de la ley, a partir del día de su publicación en el Diario de Centroamérica.

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