Tras las quejas de los partidos políticos sobre que algunas municipalidades no los dejan usar los postes de la vía pública, el TSE aclara y respalda indicando que las agrupaciones los pueden utilizar para propaganda electoral.
Durante las últimas dos reuniones entre fiscales de los partidos políticos y magistrados del Tribunal Supremo Electoral, los representantes de las agrupaciones políticas se quejaron sobre el retiro u obstrucción de su publicidad, en los postes de las diferentes municipalidades, por lo que solicitaron a los magistrados que emitieran un comunicado haciendo ver que si pueden ser utilizados.
Ante ello, Tribunal emitió un comunicado recordando que las organizaciones pueden utilizar postes para promocionar sus propuestas y candidaturas.
En el escrito, el TSE resaltó que el proceso electoral se encuentra en la segunda fase, con lo cual los partidos políticos están facultados a realizar campaña electoral, por lo que instó a las organizaciones políticas y a los comités cívicos a que puedan ejercer su derecho de utilizar postes para la promoción de propuestas y candidaturas.
La Ley Electoral y de Partidos Políticos, en su artículo 20, inciso g, establece que los partidos
“gozan del uso de postes situados dentro de la vía pública y de otros bienes de uso común para colocación de propaganda electoral, siempre y cuando su propósito no sea incompatible para este fin”, detalla el texto del TSE.
Además, la entidad electoral agregó que dicha normativa agrega que: “desde el día que da inicio la campaña política electoral, hasta veinticuatro horas después de concluido el proceso electoral, ninguna autoridad podrá condicionar, impedir o remover propaganda electoral en los lugares legalmente autorizados por el TSE”.
De la misma manera, el TSE, “como máxima autoridad en materia electoral en Guatemala”, recordó a las organizaciones políticas la importancia de realizar una campaña ética, de respeto, pacífica, así como programática y con valores democráticos.
Redacción: Marcos Cahuex