CC mantiene predominio de carrera judicial en elección de magistrados de apelaciones y de CSJ
Corte rechaza inconstitucionalidad planteada por la Liga Pro Patria.

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La Corte de Constitucionalidad declaró sin lugar una acción de inconstitucionalidad promovida por la Liga Pro Patria que buscaba que cualquier persona aún sin carrera judicial pudiera optar a cargos de magistrados de salas de apelaciones y Corte Suprema de Justicia.

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad declararon sin lugar solicitud de inconstitucionalidad promovida por la Liga Pro Patria en contra del artículo 77 de la ley de la Carrera Judicial, en la cual pretendían que se eliminara del ordenamiento jurídico que las comisiones de postulación eligieran a candidatos a magistrados dándole importancia a la carrera judicial de estos y así permitir que cualquier persona pudiera optar a los cargos.

De acuerdo con el argumento de la liga, el hecho que un candidato tuviera mayor calificación por haber tenido una carrera dentro del organismo judicial que otro que no trabajó dentro de esta vulneraba derechos constitucionales de participación, por lo que cualquier persona, no siendo un trabajador o funcionario de este organismo podría optar a dirigir las cortes.

Sin embargo, según decisión de la Corte, no hay suficientes motivos para determinar que ese articulo es inconstitucional, por lo que debe mantenerse y la comisión de postulación debe preponderar la carrera judicial de los candidatos a optar a cargos de magistrados de salas de Apelación y Corte Suprema de Justicia.

Por Sergio Osegueda

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