El Ministro de Gobernación fue consultado por la posibilidad de trasladar a los reos de alta peligrosidad a otros países, a lo cual detalló que primero se deben establecer convenios con otros países para explorar esa posibilidad y segundo que se debe analizar si ese artículo de la Ley Antipandillas es constitucional.
El Ministerio de Gobernación informó que, por el momento, no contempla la firma de convenios internacionales para trasladar personas privadas de libertad a centros penitenciarios en otros países.
El titular de la cartera, Marco Antonio Villeda, explicó que una medida de esa naturaleza no solo implicaría acuerdos bilaterales o multilaterales, sino también un análisis jurídico interno.
Según detalló, debe evaluarse el alcance del artículo correspondiente en la Ley Antipandillas que contempla esa posibilidad, debido a que podría entrar en conflicto con disposiciones establecidas en la Constitución Política de la República.
En materia de seguridad penitenciaria, el traslado internacional de reclusos supone retos legales, diplomáticos y de soberanía que requieren un marco normativo claro antes de cualquier implementación.
En días recientes, el mandatario de la Nación también explicó que la cooperación internacional del país se limita a los mecanismos judiciales ya establecidos, principalmente los procesos formales de extradición solicitados por tribunales internacionales.
Según indicó en su momento, los únicos traslados de personas privadas de libertad corresponden a casos en los que existen requerimientos judiciales específicos, como solicitudes de extradición, las cuales se realizan conforme a la ley y a los tratados vigentes.
Por Bryan Choy







