Cambian las reglas para enviar a una persona a prisión preventiva. Con el Decreto 23-2026, aprobado por el Congreso, esta medida no podrá imponerse antes de la primera declaración y del auto de procesamiento.
Además, el juez deberá contar con elementos que sustenten un riesgo real de fuga o de obstaculización de la investigación.
La reforma también obliga al Ministerio Público a justificar con medios de convicción la solicitud de prisión preventiva, mientras que la defensa podrá presentar pruebas para oponerse.
El decreto crea además una unidad de la Corte Suprema de Justicia que dará seguimiento a las medidas de coerción distintas a la prisión.
Según el presidente del Congreso, Luis Contreras, los cambios buscan que las investigaciones se desarrollen dentro de los plazos establecidos y evitar que una persona permanezca privada de libertad de manera indefinida mientras avanza el proceso.
Contreras agregó que nadie debería permanecer en prisión más tiempo del necesario cuando no existen elementos para justificar la medida. A su criterio, el decreto corrige problemas del orden jurídico y fortalece la protección de los derechos humanos.
Aunque se establecen mayores requisitos para ordenar prisión preventiva, la normativa mantiene restricciones para otorgar medidas sustitutivas en delitos como homicidio, asesinato, violación agravada, secuestro, extorsión y robo agravado, así como determinados delitos contemplados en la Ley contra la Narcoactividad.
Redacción por Jonathan Hernández







