Exención de impuestos a combustibles entra en vigencia este jueves
El Decreto 22-2026, que establece la exención temporal del IVA y del Impuesto a la Distribución de Petróleo, IDP, para combustibles, fue publicado este miércoles en el Diario Oficial y comenzará a aplicarse a partir del jueves 1 de octubre. La medida estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

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El Congreso de la República aprobó el Decreto 22-2026 el pasado 22 de septiembre, con 148 votos, para establecer temporalmente la exención del IVA y del IDP para la gasolina superior, regular y el diésel.

Luego de concluir el plazo para presentar objeciones, el decreto fue trasladado al Organismo Ejecutivo el lunes 28 de septiembre. El presidente del Congreso, Luis Contreras, confirmó ese día el envío de la normativa.

Este miércoles 30 de septiembre, el Diario Oficial publicó el Decreto 22-2026. Con ello, la normativa establece que entra en vigencia un día después de su publicación, por lo que la exención comenzará a aplicarse este jueves 1 de octubre.

La eliminación temporal de ambos impuestos contempla una rebaja máxima estimada de Q9.41 por galón para la gasolina superior, Q9.10 para la regular y Q6.34 para el diésel. La diferencia en el diésel responde a que el IDP aplicado a este combustible es de Q1.30 por galón, menor al de las gasolinas.

La ley también establece que el beneficio tributario deberá trasladarse completamente al consumidor final. Las estaciones de servicio tendrán que reportar diariamente sus precios y la factura electrónica deberá reflejar la exención aplicada.

El decreto contempla además mecanismos de supervisión por parte del Ministerio de Energía y Minas, la Superintendencia de Administración Tributaria y la Diaco, que podrá aplicar sanciones cuando no se traslade la rebaja o no se cumplan las disposiciones establecidas.

La medida tendrá un costo para las finanzas públicas. Según las estimaciones incorporadas en el decreto, durante su vigencia dejarían de recaudarse aproximadamente Q3 mil 318 millones entre IVA e IDP.

La exención estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 y, a partir del 1 de enero de 2027, los combustibles incluidos volverán a estar sujetos al pago de los impuestos conforme a las tarifas ordinarias.

 

Redacción por Daniela Florián

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