La rebaja temporal a los combustibles ya está vigente, pero tiene fecha de vencimiento: el 31 de diciembre de 2026. Mientras los precios reflejan la reducción de impuestos, en el Congreso toma fuerza la discusión sobre un fondo que permita amortiguar futuras alzas sin recurrir nuevamente a medidas de emergencia.
El Decreto 22-2026 redujo temporalmente la carga de impuestos sobre la gasolina superior, regular y el diésel, mediante la exención del IDP y de una parte del IVA. La medida comenzó a aplicarse el 1 de octubre y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
Con una vigencia limitada a tres meses, la discusión en el Congreso comienza a centrarse en qué mecanismo podría utilizarse si los precios internacionales vuelven a subir después de diciembre.
El diputado José Carlos Sanabria señaló que la reducción de impuestos es una medida temporal y que no resuelve de fondo la exposición del país a las variaciones internacionales del petróleo.
Según explicó, entre diferentes bloques existe un consenso avanzado para impulsar un fondo de compensación y ya circula un texto que serviría de base para la propuesta.
A la discusión se suma el ministro de Energía y Minas, quien plantea la necesidad de contar con un mecanismo permanente que permita responder a futuras alzas.
Explicó que la inestabilidad internacional y las dificultades en las rutas de transporte de petróleo mantienen presión sobre el mercado, por lo que un fondo permitiría activar medidas de compensación sin depender cada vez de una nueva respuesta de emergencia.
Por ahora, el fondo sigue en discusión en el Congreso. Mientras tanto, la rebaja vigente tiene una fecha marcada en el calendario: 31 de diciembre, cuando finalizará el alivio temporal a los impuestos sobre los combustibles.
Por Jonathan Hernández







