En horas de la mañana de este jueves 11 de enero, se reportó un allanamiento en la residencia del ex ministro de gobernación Napoleón Barrientos. Minutos más tarde de que se efectuaran las diligencias en la residencia del ex funcionario, se confirmó la captura de Napoleón Barrientos quién tenía una orden de aprehensión en su contra por el delito de incumplimiento de deberes tras negarse a disolver los bloqueos suscitados en el país durante el mes de octubre del 2023. Así mismo, se dio a conocer que existe una orden de captura en contra del ex director de la Policía Nacional Civil, Edwin Ardiano.
Referente a la captura del ex ministro de Gobernación Napoleón Barrientos, el Ministerio Público informó a través de su cuenta de X que posterior a las diligencias efectuadas por la Fiscalía de Delitos Administrativos se coordinó la captura de David Napoleón Barrientos por su posible comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y desobediencia. El ente investigador dio a conocer que la investigación contra Barrientos Girón determinó que en su gestión de calidad como Ministro de Gobernación “omitió actos propios de su función relacionados a cumplir y hacer cumplir el régimen jurídico relativo al mantenimiento de la paz y el orden público, la seguridad de las personas y de sus bienes, la garantía de sus derechos, y en especial la ejecución de las órdenes y resoluciones judiciales al no cumplir con lo ordenado en resolución de fecha 16 de marzo del año 2023 emitida por la Corte de Constitucionalidad. Dicha orden fue debidamente notificada al Ministerio de Gobernación el 16 de marzo 2023 con las directrices de dictar y ejecutar las medidas necesarias para garantizar el libre ejercicio de los derechos de reunión pacífica y de manifestación así como la libertad de pensamiento, asumir acciones en las que, a la vez que se garanticen los derechos antes relacionados, también se observen los derechos de todas las personas, en el territorio nacional, a la vida, salud, seguridad, paz, libertad de locomoción de personas y vehículos, libertad de industria, comercio trabajo y propiedad, entre otras. Estas directrices se debieron haber implementado desde un inicio para evitar que en una situación futura que surgiera, relacionada con el derecho de manifestación pública, se afectara a la población en su totalidad como se dio a inicios del mes de octubre del año 2023. Es importante destacar que estas directrices fueron reiteradas en resolución de fecha 21 de junio 2023 emitida por la Corte de Constitucionalidad en calidad de Tribunal Extraordinario de Amparo, dentro del expediente 1322-2023 la cual fue notificada al Ministerio de Gobernación a su cargo con fecha 21 de junio 2023″.
Así mismo, el Ministerio Público dio a conocer que “en virtud del incumplimiento a lo resuelto por la Corte de Constitucionalidad, el 11 de octubre del 2023. La Corte de Constitucionalidad emitió resolución dentro del expediente 1322-2023 la que fue notificada a Ministerio de Gobernación en esa fecha, relacionada a la asistencia para la debida ejecución dictada por la Corte de Constitucionalidad el día 16 de marzo de 2023, dentro de dicho expediente promovido por el Procurador de los Derechos Humanos. Finalmente con fecha 18 de octubre de 2023 la Corte de Constitucionalidad en calidad de Tribunal Extraordinario de Amparo emite resolución dentro del expediente 1322-2023 la cual en el considerando III indica: “… Que corresponde a las autoridades cuestionadas ejecutar las directrices dictadas por esta Corte en la sentencia de veintiuno de junio de dos mil veintitrés y auto de once de octubre de dos mil veintitrés para dispersar bloqueos y alteraciones al orden público que, de forma contraria a la Constitución y Ley, restringen el legítimo ejercicio de las funciones de los entes estatales… En este caso es un hecho público y notorio que, en el marco de las manifestaciones se ha bloqueado el acceso a la sede principal del Ministerio Público, ubicada en el Barrio Gerona situación que las autoridades denunciadas debieron solventar en acatamiento de la sentencia y del auto de debida ejecución emitidos en este expediente. Los hechos muestran, de manera notoria, que la permanencia de falta de acceso tanto de funcionarios como de usuarios persiste, lo que comprueba que no se ha dado efectivo cumplimiento a los fallos de este Tribunal y que de ello son responsables las autoridades directamente encargadas de ejecutar las medidas de seguridad…”.Por tal razón, la Corte de Constitucionalidad concluyó que existió incumplimiento y por ello desobediencia del funcionario que fungía como Ministro de Gobernación al no acatar lo resuelto de manera íntegra, efectiva y sin excusas, mediante toda acción idónea. De esa cuenta, en la misma resolución se certifica lo conducente al Ministerio Público ante el incumplimiento del exministro de Gobernación”.
Por su parte, el ex ministro Napoleón Barrientos quien fue trasladado a torre de tribunales, declaró que “Hicimos lo que correspondía hacer y pues vamos a enfrentar ahora lo que con entereza, con firmeza y con tranquilidad; se actuó de acuerdo a la ley, se dieron las instrucciones correspondientes a las direcciones que tenían que accionar, se hizo por escrito, se hizo de manera verbal, se reiteró. Así es que veremos que es lo que sucede, pero nosotros actuamos en el marco de la ley”.
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