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Congreso aprueba Ley de Atención Integral del Cáncer que instituye hospital especializado
Salud contará con un presupuesto inicial de Q600 millones para implementar servicios gratuitos de telemedicina, consejería genética y apoyo para la reinserción laboral de sobrevivientes de cáncer, entre otros.

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Guatemala contará con un hospital público especializado en la atención del cáncer, gracias a la aprobación de la Ley Integral del Cáncer, que contó con el apoyo de los diputados al Congreso de la República.

Con el apoyo de 130 legisladores, el pleno del Congreso logró la aprobación de la Ley Integral del Cáncer, la cual obligará al Ministerio de Salud a crear diversos programas, normas, regulaciones y controles para asegurar que los adultos y niños afectados por ese padecimiento reciban una asistencia completa y de forma gratuita.

Además, se tendría que crear una política específica contra las enfermedades crónicas no transmisibles, como la diabetes, padecimientos cardiovasculares y enfermedad renal.

Pero además de esto, se propone la creación de un hospital público especializado en la atención del cáncer, lo cual deberá realizarse por la cartera de salud.

La propuesta fue aprobada de urgencia Nacional, por petición de la diputada Laura Marroquín, quien presentó una moción privilegiada para alterar el orden del día para aprobar en la Sesión de este jueves dicha propuesta de ley.

La cartera salubrista contará con un presupuesto inicial de Q600 millones para implementar las mencionadas acciones y poner al servicio de la población los servicios gratuitos de:

– Red nacional de apoyo

– Telemedicina

– Centro de información gratuita

– Sistema de referencia y contrarreferencia de casos

– Vigilancia epidemiológica

– Consejería genética

– Programa de protección para personas con cáncer y su familia

– Programa de apoyo para la reinserción laboral de sobrevivientes de cáncer

– Educación para la prevención del cáncer y enfermedades crónicas no transmisibles.

A esta normativa le corresponde el decreto 7-2024 y cobrará vigencia 8 días después de su publicación en el Diario Oficial.

Por Bryan Choy

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