La ley establece que queda prohibido realizar cualquier clase de propaganda electoral durante las 36 horas anteriores a los comicios generales.
También se prohíbe la divulgación de todo tipo de encuestas electorales y de opinión. Asimismo, los partidos deben abstenerse de ofrecer prebendas, regalos o cualquier otra retribución que implique clientelismo con fines electorales.
Prohibiciones el día de elecciones:
-El día de las elecciones se prohíbe utilizar colores y tipografías que identifiquen a una organización política en actividades, documentos, publicidad, medios electrónicos o cualquier publicación en las que se identifique o se dé a conocer programas o actividades oficiales.
-Durante este día, se prohíbe la rotulación de instalaciones o vehículos oficiales con el nombre de cualquier funcionario público.
-Los funcionarios y empleados públicos no pueden emplear su autoridad o influencia a favor o en perjuicio de determinado candidato u organización política.
De hacer caso omiso a estas prohibiciones, la ley establece sanciones económicas para los partidos políticos. Se menciona que las multas las deben pagar aquellos que falten a lo estipulado y para quienes hagan propaganda electoral fuera de los límites temporales.
El monto de dichas multas van desde los 50 mil un dólar a 250 mil dólares y debe ser pagado en su equivalente a la moneda nacional, es decir de Q375 mil a Q1 millón 875 mil.
Los partidos políticos deberán cancelar la suma establecida dentro de los 30 días posteriores a ser sancionado y debe hacerlo al Tribunal Supremo Electoral.
De no cumplir con lo establecido la agrupación no podrá efectuar ningún trámite ante el Tribunal o sus dependencias.
Es importante mencionar que se prohíbe expender licores desde las 12 horas del día anterior a las elecciones hasta las 5 del día siguiente.
Redacción: Luis Carlos Moreno