Oficializan la Ley de Incentivos para la Movilidad Eléctrica en Guatemala

Congreso de la República publicó este lunes 29 de agosto el Decreto 40-2022, “Ley de Incentivos para Movilidad Eléctrica”, que tiene como objetivo facilitar y promover la importación, compraventa y uso de vehículos eléctricos, vehículo híbrido, de hidrógeno y sistema de transporte eléctrico en Guatemala, con el fin de contribuir a la diversificación de la matriz energética y mitigación de emisión de gases de efecto invernadero.

Además, para generar exoneraciones fiscales por hasta 10 años para importación y venta de vehículos eléctricos. Las exenciones para vehículo eléctrico, híbrido, motocicleta eléctrica y vehículo impulsado por hidrógeno, se aplicarán durante la vigencia de la presente Ley y no a partir de la adquisición del vehículo.

A decir del Ministerio de Energía y Minas, con esta ley buscará aumentar el parque vehicular de esa clase, para cuidar el medio ambiente, generar menos gastos para los conductores de esos vehículos e incentivar a empresarios.

El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) deberá emitir una normativa reglamentaria relacionada con la importación, exportación, reutilización, reciclaje y efectiva disposición final de las baterías de vehículos eléctricos, híbridos, de hidrógeno y demás componentes que pudieran generar daños al medio ambiente.

El proveedor de servicio de carga podrá vender energía eléctrica al usuario de vehículo sin necesidad de contrato previo, por medio del punto de carga.

Archivo CA

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