Los diputados independientes buscan tener derechos a los que tiene cualquier bancada, bajo una Iniciativa de Ley que busca reformar la Ley Orgánica del Congreso. Conozcamos qué implica la propuesta.
Bajo el registro 6389, ingresó una iniciativa de ley de varios diputados Independientes, con la cual pretenden reformar la Ley Orgánica del Congreso de la República, específicamente en lo que corresponde a la conformación de bloques legislativos y la instalación de más comisiones de trabajo.
El artículo 7 del proyecto de ley, contempla modificar el artículo 46 de la Ley del Congreso, en el cual se establece la instalación de bancadas, que son constituidas por uno o más diputados electos por un partido político que haya alcanzado representación legislativa en las elecciones correspondientes, de conformidad con la adjudicación de cargos realizada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), pero que si en algún momento fueron declarados como independientes, puede confirmar un bloque legislativo, es decir un bloque de diputados independientes.
Además, se busca agregar que un bloque legislativo facción se pueda conformar por el 40% de diputados de una misma bancada originaria, que decidan conformar una nueva agrupación
Esto, siempre que el grupo se encuentre integrado como mínimo por siete congresistas que sean de la misma representación, debiendo informar a la Junta Directiva su decisión.
Se incluye que el nuevo bloque legislativo independiente gozaría de los mismos derechos y prerrogativas que las bancadas legislativas originarias, ya que según la normativa, la suspensión o cancelación de los partidos políticos no afecta la conformación, ni la existencia de los bloques legislativos.
Aunque se le consultó la información al diputado Samuel Pérez, sobre esta iniciativa, no quiso brindar mayores detalles. Y vale la pena mencionar que en esta ocasión no convocaron a una conferencia para anunciar la presentación de la Iniciativa, como en otras ocasiones, solamente se envió la propuesta a Dirección Legislativa.
La propuesta fija que los bloques facción serán considerados como agrupaciones excepcionales y solamente podrán conformarse durante enero de cada período legislativo, mismos que deberán integrarse previo a la primera distribución de comisiones de trabajo.
Uno de los aspectos que llama la atención de la iniciativa es que los bloques facción no podrán ser causal de separación, expulsión o cualquier otro tipo de sanción para los diputados del Congreso.
En caso de que los diputados renuncien a sus bloques legislativos, serán considerados como desintegrados y no podrán integrarse a ninguna otra bancada, pero si es separado o expulsado de su bancada, no podrá ser miembro de la Junta Directiva, ni presidir alguna comisión de trabajo.
Por Bryan Choy