El Congreso de la República aprobó durante la última sesión plenaria, el Decreto 10-2026, Ley para Prevenir el Abuso Sexual Infantil, una normativa que viene a endurecer las sanciones de prisión inconmutables en el Código Penal y fortalece las acciones de protección para las víctimas.
El Congreso aprobó el Decreto 10-2026, una ley que endurece las sanciones por delitos sexuales contra menores y amplía la protección a víctimas de abuso infantil.
La reforma al Código Penal establece que cualquier acto de acceso carnal con una persona menor de 18 años será considerado violación, sin necesidad de probar violencia, eliminando interpretaciones sobre consentimiento.
Las penas van de 10 a 14 años de prisión inconmutable, mientras que otros delitos de agresión sexual serán castigados con entre 7 y 10 años, sin beneficios.
El diputado ponente explicó que uno de los principales cambios es ampliar la protección, que antes aplicaba solo a menores de 14 años.
Con esta ley, el Estado busca reforzar la persecución de estos delitos y garantizar mayor protección a niños y adolescentes.
Además del endurecimiento penal, la Ley refuerza las obligaciones del Estado en materia de prevención y atención integral. Garantizando el acceso a servicios de salud, asistencia legal y programas educativos para niñas, niños y adolescentes, así como la creación de redes de apoyo a nivel municipal y departamental para este tipo de ilícitos.
Según los datos del Observatorio en Salud Sexual y Reproductiva (OSAR), Guatemala enfrenta una crisis por embarazos en niñas y adolescentes, considerados en muchos casos consecuencia de violencia sexual.
Las cifras de 2025 reportaron más de 77 mil de casos de embarazos en menores de entre 10 y 19 años, con especial incidencia en departamentos como Alta Verapaz, Guatemala, Quiché, Huehuetenango y San Marcos.
Redacción por Bryan Choy







