La presidenta en funciones, Karin Herrera, señaló que el acuerdo gubernativo mediante el cual se formalizó el veto no constituye una norma jurídica, por lo que no está sujeto a plazos de vigencia.
Asimismo, subrayó que el Ejecutivo actuó en estricto cumplimiento del artículo 178 de la Constitución Política de la República, que regula el ejercicio del veto presidencial y los pasos para su notificación al Congreso de la República.
El secretario general de la Presidencia, Juan Gerardo Guerrero, respondió a los señalamientos de diputados de oposición y calificó sus argumentos como “mitos” y una “tergiversación de la ley”.
Guerrero afirmó que el Legislativo vulneró el derecho constitucional del Presidente de la República a vetar una normativa, al desconocer el procedimiento seguido por el Ejecutivo.
Explicó que la decisión de vetar el Decreto 7-2025 fue adoptada el jueves 2 de octubre en Consejo de Ministros, y que el acuerdo gubernativo fue remitido al Congreso el viernes 3 de octubre.
También cuestionó la moción privilegiada presentada por el diputado Álvaro Arzú Escobar, indicando que, pese a haber presidido el Congreso y conocido entre cinco y siete vetos presidenciales, alteró la interpretación del derecho constitucional durante la sesión plenaria del pasado martes.
Redacción por Bryan Choy









